Portugal prohíbe las máquinas expendedoras de alimentos con mucha sal, grasa o azúcar

La exhaustiva norma entró en vigor este lunes en todos los centros del Sistema Nacional de Salud

Corresponsal en Lisboa Actualizado: Guardar
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A partir de este lunes, Portugal prohíbe la venta de alimentos con elevados niveles de sal, azúcar o grasas en todos los centros del Sistema Nacional de Salud. El control pasa a ser exhaustivo en las máquinas expendedoras que pueden encontrarse en cualquier hospital dependiente del Ministerio de Sanidad.

En vista de que las contrataciones de este tipo suelen realizarse con unos meses de antelación, la medida comienza a aplicarse de forma progresiva: seis meses de plazo para lograr la erradicación total de estos productos.

Los centros que no dispongan aún de estas máquinas y se propongan adquirirlas se regirán en delante de acuerdo con la nueva ley, ya sin esas semanas de adaptación.

La normativa se refiere de manera específica a empanadillas, croquetas, pasteles de bacalao y hojaldres salados.

También a bollos, pasteles con masa hojaldrada o crema, palmeras, milhojas, brevas, donuts, pan de leche y cruasanes, rellenos o no.

La charcutería tampoco se libra de las restricciones, en especial por lo que respecta a bocadillos que contengan salchichón, chorizo, jamón o salchichas. Por supuesto, también afecta a las salsas que les ponen: mayonesa, mostaza o kétchup. Y qué decir de las hamburguesas, perritos calientes y pizzas con fuertes cantidades de conservantes que faciliten su refrigeración.

En el punto de mira figuran igualmente las galletas y bizcochos que, por cada 100 gramos, contengan una proporción de lípidos (compuestos orgánicos que resultan de la esterificación de alcoholes, como la glicerina y el colesterol, con ácidos grasos) superior a 20 gramos, tipo gofres, galletas de mantequilla o chocolate, ‘cookies’ con pepitas de cacao, galletas con cobertura o rellenas de crema o cabello de ángel, etc.

Nada de refrescos

Tampoco se olvidan de las bebidas con alcohol (cerveza, principalmente) ni de los refrescos, cuyo consumo excesivo puede desembocar en propensión a la diabetes: bebidas de cola, naranja, limón, fresa o extracto de té y otras como energéticas, aguas aromatizadas o zumos procedentes de concentrado.

Se trata, en consecuencia, de una exigencia muy completa. Mucho más cuando se contemplan con el mismo rigor las golosinas. Y los llamados ‘snacks’, al estilo de tiras de maíz, patatas fritas, aperitivos y palomitas.

¿Y los postres? Pues naturalmente están incluidos el arroz con leche, las natillas y la mousse de mango, piña o chocolate. Por cierto, este último producto va a estar vigilado cuando venga embalado en envases superiores a 50 gramos.

Pero que nadie piense que permanecen fuera los cafés e infusiones calientes. Cierto que el azúcar se añade aparte, y en estos casos el máximo permitido en cada sobre pasa a ser de cinco gramos.

Además, resulta obligatorio dispensar botellas de agua mineral y se recomienda de forma preferencial vender estos alimentos: leche semi o desnatada, yogures con las mismas características y sin adición de azúcar, zumos o néctares naturales, pan con queso ligero o fiambres con baja proporción de sal y grasas. Asimismo, se aconseja despachar carne, atún y otros pescados en conserva, sin olvidar la futa fresca.

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