Provincia

El Tribunal de Cuentas condena al alcalde Carmona por pagar de más a una trabajadora

La trabajadora cobró a pesar de ausentarse de sus tareas durante casi ocho meses

La trabajadora se ausentó de su puesto de tareas de lavandería de una residencia ABC

S.I.

El Tribunal de Cuentas ha condenado al alcalde de Carmona, Juan Ávila (PP) , a pagar casi 1.400 euros por permitir que una empleada municipal y componente del comité de empresa del Ayuntamiento cobrase por horas que no trabajó , ya que estaba dedicada a sus funciones de representación sindical.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento estima parcialmente la demanda de la Fiscalía, que solicitaba un castigo de 8.502,37 euros, y castiga a Ávila con el pago de 1.393,06 , de los que abonará 224,94 como responsable contable directo y 1.168,12 solidariamente con el interventor municipal J.M.O.F.

El Tribunal, por otra parte, desestima la demanda contra los también interventores A.M.M., M.C.V. y J.A.M.G.

En el juicio, celebrado el pasado 14 de marzo, quedó probado que C.A.M. disfrutó de un permiso a tiempo completo para el ejercicio de funciones de representación a pesar de que su sindicato, UGT, pasó de seis a cinco miembros en el comité de empresa entre 2011 y 2015 , con lo que la trabajadora redujo de 180 a 100 las horas mensuales para sus funciones sindicales.

Según la Fiscalía, C.A.M. tuvo entre 2012 y 2016 «una dispensa total» de sus tareas en la lavandería de una residencia municipal «para dedicar la jornada completa a tareas sindicales», pero «el número máximo de horas» que le podía dedicar «era inferior al de su jornada como trabajadora del Ayuntamiento», por lo que hubo « una diferencia de horas que debió haber trabajado y no lo hizo».

A pesar de eso, «percibió del Ayuntamiento la totalidad de sus retribuciones», lo cual derivó en 656,25 horas no trabajadas entre el 15 de julio de 2012 y el 7 de marzo de 2016 y un perjuicio de 8.502,37 euros para las arcas municipales .

El Tribunal admite que controlar el horario de trabajo del personal no es competencia del alcalde ni los interventores, sino de los responsables de recursos humanos del Ayuntamiento, y que no hubo «ninguna advertencia» sobre la irregularidad «al menos hasta el 9 de junio de 2015», cuando CCOO-Sevilla la denunció.

Por eso exime al alcalde de cualquier responsabilidad hasta ese momento, pero recuerda que «continuó ordenando el pago íntegro de las retribuciones» a la trabajadora «incluso después del reparo» que un interventor formuló en agosto de 2015 y afirma que al «no comprobar en los meses posteriores si la irregular situación había sido regularizada», su conducta fue «gravemente negligente ».

En cuanto a J.M.O.F., empezó su trabajo como interventor del Ayuntamiento el 7 de septiembre de 2015, pero «resulta poco verosímil que no fuera informado del reparo formulado días antes por el anterior interventor», dicen los magistrados, que lo condenan a pagar junto al alcalde los 1.168,12 euros que la empleada cobró de modo indebido desde septiembre de 2015 a marzo de 2016.

Los 224,94 euros que pagará Ávila solo son lo que la trabajadora cobró en exceso en agosto de 2015.

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