Playas de Cádiz

¿Qué se puede vender y qué no en la venta ambulante en las playas?

Los vendedores de productos alimentarios deben disponer del carné sanitario de expendedor de esta clase de artículos

Vendedor ambulante en las playas de Cádiz Imagen de archivo

LA VOZ

Cádiz

Hace unos días, la Policía Local de Rota alertaba del consumo de ciertos productos de la venta ambulante en las playas de Cádiz. Sobre todo alimentos, como los dulces o pescados y mariscos que no pasan ningún control sanitario, y que aún así, consumimos sin tener idea.

En primer lugar, ¿qué es la venta ambulante? Según el artículo 53 de la Ley de Ordenación de Comercio Minorista, se considera «venta ambulante o no sedentaria la realizada por comerciantes fuera de un establecimiento comercial permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continuada».

Venta ambulante en las playas

Existen varias modalidades, una de ellas en la vía publica, en la que se contempla la venta ambulante en las playas, siempre y cuando el Ayuntamiento competente permita dicha actividad en su localidad, del mismo modo que son las normativas municipales las que expresan cuáles son los productos autorizados para la venta ambulante y cuáles no.

La venta ambulante es ilegal en el momento de incumplimiento de la normativa estatal, autonómica y local por uno o múltiples motivos. Una de las ventas no autorizadas es la que realizan algunos comerciantes en las playas que ponen a disposición del público distintos artículos como collares y pulseras o prestan determinados servicios como peluquería o masajes.

Qué no está permitido en la venta ambulante

En el caso de los productos alimentarios, los vendedores deben disponer del carné sanitario de expendedor de esta clase de artículos. Como exponen en Consumoteca, el portal web con contenido práctico sobre Consumo, en los puestos de venta ambulante no se podrán vender productos que, por sus características y a juicio de las autoridades competentes, conlleven riesgo sanitario.

Queda excluida la venta de:

-Carnes, aves y caza frescas, refrigeradas y congeladas.

-Pescados y mariscos frescos, refrigerados y congelados.

-Leche certificada y leche pasteurizada.

-Quesos frescos, requesón, nata, mantequilla, yogur y otros productos lácteos frescos.

-Pastelería y bollería rellena o guarnecida.

-Pastas alimenticias frescas y rellenas.

-Anchoas, ahumados y otras semiconservas.

-Cualquier otro producto que, a juicio de las autoridades competentes, comporte riesgo sanitario.

La autorización de la venta de estos productos solo se efectuará si están debidamente envasados y se dispone de las adecuadas instalaciones frigoríficas.

La ropa

Así mismo, la venta de productos textiles no suele tener muchas exigencias, aunque para poder autorizar su venta se deben tratar de ser productos originales: ni copias ni objetos robados.

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