Ley Bienestar Animal

Las mascotas prohibidas que quedarían excluidas del «listado positivo» y ya no podrás tener en casa

Ley de Bienestar Animal

El listado de mascotas permitidas tras la aprobación de la futura ley de Bienestar Animal no será muy largo

Mascotas permitidas y la Ley de Bienestar Animal

LA VOZ

Cádiz

La nueva Ley de Bienestar Animal continúa en el aire tras el desacuerdo entre algunos partidos políticos. Aunque no hay nada cerrado, uno de los temas más comentados en los últimos meses ha sido el posible listado de mascotas prohibidas y permitidas en los hogares que podría hacerse oficial y que por tanto tendremos que tener en cuenta a partir de ahora.

La propuesta de ley establece los requisitos que se deben cumplir para que un animal pueda ser una mascota doméstica, y algunas muy comunes, estarán excluidas, comolos conejos, las cobayas, los agapornis y los periquitos.

Esta propuesta de ley pretende limitar qué animales se pueden tener en casa como mascotas, lo que está generando mucha polémica. Las discrepancias de esta norma, que se encuentra en tramitación parlamentaria, están en el llamado «listado positivo», que se desarrollará tras la aprobación de la ley y se prevé que conste de cuatro bloques: mamíferos, reptiles, aves y peces.

El «listado positivo» enumera los animales exóticos que pueden ser animales de compañía o mascotas a los que se puede ofrecer el bienestar que necesita en una casa y a la vez evitar daños en el medio ambiente. Actualmente, España cuenta con listados de especies prohibidas donde se incluyen especies exóticas invasoras, como son el cerdo vietnamita y las serpientes pitones, así como las que se consideran un peligro para la salud pública o están en peligro de extinción, como es el caso de la tortuga mora.

Mascotas prohibidas en el «listado positivo»

Siguiendo los criterios de la ley, «no se incluirán en el listado positivo de animales de compañía especies para las que exista certeza de su carácter invasor o que, en caso de escape y ausencia de control, supongan o puedan suponer un riesgo grave para la conservación de la biodiversidad» o «especies silvestres de fauna no presentes de forma natural en España protegidas por el Derecho de la Unión Europea y/o los tratados internacionales ratificados por España, sin perjuicio de lo señalado para las aves de cetrería».

En este sentido, quedarían excluidos animales tales:

- Roedores: Ratones, hámsteres, chinchillas o cobayas.

- Conejos.

- Las tortugas, ya que tras varios ciertos estudios se ha desvelado que contienen una gran cantidad de vectores patógenos que pueden ser peligrosos para ciertas especies.

- Aves como las cotorras, los agapornis o los periquitos y otras especies no autóctonas que se crían en España.

- Reptiles exóticos, como serpientes, iguanas, lagartos de todo tipo, camaleones o geckos, dentro de la categoría de especies no autóctonas.

- Serpientes y arañas.

Mascotas que sí estarán en el «listado positivo»

El modelo de legislación de Bélgica, donde ya funciona este tipo de enumeración reducida, será el seguido por España, cuya lista será «muy similar», aunque podría haber exclusiones como las mencionadas anteriormente, ya que este país sí permite como animales de compañía ardillas, hurones, conejos, hámsters, caballos, llamas, ciervos, cabras, ovejas, chinchillas, cobayas y degús, además de por supuesto, perros y gatos.

Factores que se tienen en cuenta

Los cinco factores que se tiene en cuenta para elaborar el listado son:

- Bienestar animal: La especie debe ser fácil de mantener y de atender en sus necesidades fisiológicas, etológicas y ecológicas.

- Riesgo potencial para el medio ambiente: Si existen indicios de que si se escapa pueda colonizar hábitats y provocar daños.

- Peligro para la salud humana: Riesgo para las personas por su agresividad o peligro, ya sea por tamaño, veneno o conducta.

- Manejo y cría: Existencia de información científica sobre el manejo y cría en cautividad de la especie.

- Principio de precaución: Si falta información sobre una especie o no está clara su tenencia en cautividad, no entraría en el listado.

¿Y si tengo una mascota prohibida?

En el listado se especificarán los animales que sí se puede tener en casa atendiendo a una serie de criterios establecidos, pero tardará «meses e incluso años» en elaborarse y en entrar en vigor, «va para tiempo», según ha asegurado a ABC el director general de Derechos de los Animales, Sergio García Torres.

García Torres garantiza que una vez entre en vigor el listado, quien tenga algún animal prohibido podrá seguir teniéndolo, aunque deberá registrarlo y evitar que se reproduzca.

La elaboración del listado de mascotas permitidas y prohibidas no será un trabajo sencillo. De hecho, en países como Luxemburgo, han tardado más de ocho años en elaborarlo.

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