El juez del Alvia cita a declarar al responsable de seguridad de Renfe

Andrés Lago lo imputa para ver si tuvo responsabilidad en el análisis de riesgos

El Alvia pasando por la curva de Angrois EFE/Lavandeira jr

ABC.es

El juez que instruye la investigación abierta tras el accidente de un tren Alvia en Galicia en julio de 2013, Andrés Lago Louro, ha citado como investigado —antiguo imputado— al director de Seguridad en la Circulación de Renfe, Antonio Lanchares. El instructor pretende aclarar si tuvo responsabilidades en la evaluación de riesgos de la línea de alta velocidad entre Orense y Santiago. Además, Lago citará a declarar a otros tres técnicos de la empresa pública de ingeniería Ineco. En el descarrilamiento del tren, en la compostelana curva de Angrois , fallecieron ochenta personas.

Antonio Lanchares así como un encargado del informe de evaluación independiente, de Ineco, deben comparecer el próximo 7 de noviembre, y los dos restantes al día siguiente, el 8. El magistrado instructor mantiene como imputado, al exdirector de Seguridad en la Circulación de Adif —el ente encargado de las vías—, Andrés Cortabitarte, también responsable de evaluar los riesgos de la línea ferroviaria.

En el auto difundido por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, se especifica que se decidió investigar al jefe de seguridad de Renfe tras la declaración del propio Cortabitarte el 27 de julio de 2017. El alto cargo de Adif situó a su homólogo en Renfe en «idéntico grado de responsabilidad». El juez precisa que no es posible olvidar que fue Lanchares el que, «al poco tiempo de inaugurarse la vía, solicitó de la Dirección de Seguridad en la Circulación de Adif la desconexión del ERTMS, desconexión que fue autorizada el mismo día por el señor Cortabitarte sin que conste que, con carácter previo, se hubiese realizado una previa evaluación del riesgo que podría representar para la seguridad en la circulación» tal hecho. Sobre todo, cuando si la decisión «en principio se preveía temporal» al final «se mantuvo durante casi un año y estaba vigente» cuando el convoy impactó, prosigue el instructor.

Lago Louro subraya, no obstante, que «no es este todavía el momento de valorar qué incidencia causal pudo tener tal decisión respecto del siniestro finalmente producido, pero resulta necesario esclarecer si tal decisión fue precedida o no de una correcta evaluación de los riesgos que tal desconexión podía comportar, particularmente a la hora de conjurar el riesgo de descarrile por exceso de velocidad o descuido del maquinista» , en este caso, el imputado conductor Francisco José Garzón Amo.

Acerca del Ineco, el auto, de nuevo apoyándose en el testimonio de Cortabitarte , recoge que en base a sus explicaciones, la función de estos técnicos no se limitaba a una mera labor auditora exenta de capacidad decisoria o propositiva, sino que eran los encargados de efectuar la evaluación de riesgos y, en caso de resultar alguno que no fuese despreciable, de comunicar al Adif las medidas necesarias para solventarlo, de tal modo que en el momento de elaborar el informe, todos los riesgos se «considerasen tolerables, incluidos pues los exportados al maquinista» .

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