El Supremo rechaza suspender el juicio y dejar en libertad a los presos electos

El auto del Alto Tribunal autoriza su salida de prisión el 21 de mayo para asistir a la sesión constitutiva del Parlamento

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El Tribunal Supremo ha rechazado suspender el juicio al «procés» y tampoco autoriza la puesta en libertad de aquellos políticos presos tras la escalada secesionista en Cataluña que fueron elegidos representantes públicos en las pasadas elecciones del 28-A.

En un auto notificado este martes, la sala que juzga a los líderes independentistas rechaza tramitar un suplicatorio, como adelantó ABC , a las Cortes al considerar que carecería de «justificación consitucional que le normal desarrollo de un proceso que ya se sitúa en los debates del juicio oral exija para su normalidad democrática» el permiso del órgano parlamentario.

La sala, aunque rechaza la suspensión del juicio, autoriza la salida de prisión de los cinco procesados ( Oriol Junqueras, Josep Rull, Jordi Turull, Jordi Sànchez y Raül Romeva ) el próximo 21 de mayo para que puedan asistir a los plenos constitutivos de Congreso y Senado.

Los magistrados argumentan su rechazo al suplicatorio apoyándose en cuatro bloques argumentales: el plano de la constitucionalidad, el ámbito de la legalidad ordinaria, precedentes jurisprudenciales y jurisprudencia constitucional. Señalan que la autorización del órgano legislativo es necesaria «para procesar», es decir, para atribuir a un diputado o senador electo la condición formal de parte pasiva en un proceso penal. «El sentido constitucional de la inmunidad y su justificación histórica no permiten igualar la autorización para procesar con la homologación parlamentaria del ya procesado». Interpretar lo contrario supondría una «interferencia irrazonable» en el ejercicio de la función jurisdiccional pues permitiría una «revisión o control» del poder legislativo sobre el judicial respecto a determinadas personas por el hecho de haber sido elegidos parlamentario s durante la celebración del juicio oral, convirtiendo la inmunidad parlamentaria en «un privilegio para el titular».

«No se criminaliza la ideología»

En cuanto a la libertad solicitada por los procesados, el tribunal considera que su prisión preventiva no implica la vulneración de sus derechos políticos porque en este proceso penal «no se criminaliza ninguna ideología».

Sobre la salida puntual de los presos electos el día 21, la sala señala que « deberán ser debidamente custodiados y adoptarse por la presidencia de ambas cámaras las decisiones oportunas para que, una vez en el interior del salón de plenos, pueda quedar garantizada su seguridad». Una vez terminada la sesión deberán reingresar, «sin dilación», al centro penitenciario correspondiente.

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