El tribunal del «procés» prevé continuar el juicio y negar la libertad a los presos

Frenará la maniobra con la que las defensas de los diputados electos pretenden boicotear la vista

Dos abogados de los políticos presos del juicio al «procés» EFE

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Los magistrados que juzgan a los líderes independentistas por rebelión en el Tribunal Supremo se inclinan por rechazar la petición de suplicatorio que el miércoles solicitaron las defensas de los cinco procesados presos que en las elecciones del pasado 28 de abril consiguieron escaño en el Congreso y en el Senado . Según ha podido saber ABC de fuentes jurídicas, la Sala ya estudia la solicitud de los letrados y por el momento todo apunta a que no accederán a la suspensión del juicio, que sería la consecuencia inmediata de la tramitación de ese permiso a las Cámaras para poder juzgarles.

En un auto que previsiblemente se conocerá ya la próxima semana, los jueces tienen previsto acoger los argumentos de las acusaciones, que se han opuesto a los escritos de los letrados Andreu van den Eynde (Oriol Junqueras y Raül Romeva) y Jordi Pina (Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez), al considerar que la figura del suplicatorio (cuya razón de ser es proteger la inmunidad parlamentaria) no está pensada para el momento procesal en el que los líderes independentistas se encuentran: en un juicio que comenzó hace tres meses (el 12 de febrero) y cuya fase testifical ya está a punto de concluir. El permiso de las Cámaras sí sería necesario, en cambio, si los aforados fueran a ser inculpados o procesados, una fase (enmarcada dentro de la instrucción o investigación) que en este caso ya ha superado con creces. Fue precisamente con la confirmación de su procesamiento cuando los hoy juzgados fueron suspendidos de sus funciones públicas en virtud del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, si bien aquella suspensión se refería a su condición de diputados autonómicos y no a la sobrevenida de parlamentarios nacionales.

Informar a las Cámaras

Ahora, cuando los procesados tomen posesión de sus nuevos cargos (lo que no se les puede impedir al no haber todavía una inhabilitación derivada de una hipotética condena ), el tribunal sí tendrá que comunicar a las Cortes, a efectos meramente informativos, que los cinco presos electos están siendo juzgados en el Supremo, tal y como establece el artículo 751 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Despejado este asunto, en el que los jueces apelarán a la jurisprudencia dictada por la propia Sala Penal del Tribunal Supremo para circunscribir la figura del suplicatorio sólo a los estados de inculpado o procesado, los magistrados tendrán que pronunciarse también sobre la libertad que han pedido las defensas para que sus clientes puedan ejercer sus derechos políticos. En este sentido, los diputados pidieron asistir a la sesión constitutiva del Congreso el próximo 21 de mayo, en la que los líderes independentistas que están siendo juzgados por despreciar la Constitución , quieren ahora jurarla o prometerla para adquirir la condición plena de diputado. Como ya informó ABC, ni la Fiscalía ni el propio tribunal pondrán trabas a este trámite, siempre que se cumpla en el tiempo mínimo indispensable y custodiados por las fuerzas de seguridad. Además, esta salida no causará ningún perjuicio al normal desarrollo del juicio, pues precisamente ese día 21 martes no hay señalada sesión.

Cuestión distinta es la participación de los acusados presos en la actividad parlamentaria en igualdad de condiciones que el resto de diputados, teniendo en cuenta que, a diferencia de aquéllos, estos están en prisión preventiva, una medida cautelar a la que ya estaban sujetos cuando aceptaron integrar las listas de ERC y JpC en las pasadas elecciones. En el escrito presentado ante la Sala, la Fiscalía ya advertía que su encarcelamiento provisional es una «restricción legítima, fundada, razonada, proporcionada y adecuada a las circunstancias del proceso». Y recordaba que los derechos políticos de los acusados electos no se han visto afectados en ningún momento, como demuestra el hecho de que pudieron concurrir a esos comicios. Pero este ejercicio de los derechos políticos debe ser compatible con su situación judicial. En este sentido, el riesgo de fuga sigue siendo una circunstancia decisiva a la hora de rechazar esa libertad. Más teniendo en cuenta el precedente de los procesados en rebeldía (entre ellos el expresidente Puigdemont) y la proximidad de la sentencia, que multiplica ese riesgo.

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