SEGURIDAD SOCIAL

La fecha límite de los autónomos para enviar sus datos a la Seguridad Social: ¿quiénes tienen que hacerlo?

La Seguridad Social ha enviado una carta a algunos autónomos

Aquellos que reciban este documento deben facilitar varias informaciones para evitar una sanción

Niño Becerra insiste: «El SMI debería estar en función del nivel de precios de cada zona»

Estos son los requisitos para cobrar 1.500 euros de paro al mes

Los autónomos que hayan recibido una carta de la Seguridad Social tienen que enviar una serie de datos
Ana López Vera

Esta funcionalidad es sólo para registrados

Muchos autónomos han recibido una carta de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). En ella, se les pide una serie de datos que deben facilitar. La fecha límite para realizar esta comunicación es, en principio, este 31 de octubre. No obstante, este plazo se ampliará hasta el próximo 31 de marzo de 2024.

La obligatoriedad de esta comunicación al organismo nace de las necesidades informativas para calcular la base reguladora que se utiliza en el nuevo sistema de cotización para autónomos.

¿Qué autónomos están obligados a hacer esta comunicación?

  • Autónomos societarios (mercantiles y cooperativistas)

  • Autónomos al frente de una comunidad de bienes o sociedad civil

  • Autónomos económicamente dependientes (TRADE)

  • Autónomos colaboradores

  • Profesionales colegiados obligatoriamente

  • Autónomo principal con colaboradores a su cargo

Estos son los datos que debes facilitar

  • Según el tipo de autónomo que sean, deberán facilitar uno u otros datos.

  • Autónomos societarios: razón social y CIF de todas las sociedades de las que forman parte. Y si es consejero, administrador o presta otros servicios para la sociedad deberá comunicar el porcentaje de participación en el negocio, nombre, apellidos y DNI de los familiares convivientes (si los hay).

  • Autónomos económicamente dependientes (TRADE): CIF del cliente principal.

  • Autónomos obligados a estar colegiados: indicar el colegio profesional al que pertenecen.

  • Sanitarios en el RETA: señalar el CIF del pagador si prestan servicios para la empresa privada además de trabajar a jornada completa para el servicio público.

  • Autónomo principal con colaboradores a su cargo: nombre, apellidos y NIF de estos colaboradores.

Sanciones por no enviar tus datos a la Seguridad Social

Es obligatorio comunicar estos datos a la Seguridad Social. Si no lo hacen, los autónomos se exponen a multas de hasta 750 euros. Esta información la pueden comunicar los trabajadores a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación