La sentencia contra Deliveroo abre el debate sobre las condiciones laborales de los repartidores o «riders»

Organizaciones de autónomos avisan contra posibles irregularidades, mientras la patronal logística UNO apuesta por una competencia leal y plataformas como Glovo y Deliveroo defienden la legalidad y flexibilidad de estos empleos

Las plataformas destacan que los repartidores se apuntan voluntariamente a trabajar con sus plataformas REUTERS
Carlos Manso Chicote

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Los vemos pedalear por las calles de nuestras principales ciudades con una pesada bolsa a su espalda o maniobrar con pericia en una moto, tras entregar su último pedido. La mayoría llevan comida a domicilio, pero también pueden transportar el medicamento de un cliente o la bolsa de la compra. Son los repartidores, también conocidos como «riders». Un colectivo que no deja de crecer al calor de apps como Deliveroo y Glovo. Esta semana han sido noticia tras la sentencia del juzgado de lo social número 6 de Valencia. En un fallo este tribunal ha considerado improcedente la rescisión del contrato de un repartidor de Deliveroo , tras reconocerle como asalariado de la compañía a pesar de estar contratado como autónomo. Una sentencia que no es firme y que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

Para Belén Muñoz, abogada de Legálitas, se trata de un fallo «pionero» y ha augurado que «va a haber más» ya que, por ejemplo, hay demandas similares en Barcelona sobre «falsos autónomos». En este sentido, ha recordado que todavía es recurrible y que para el tribunal quedó demostrado «que existía relación laboral porque había dependencia y ajeneidad» . Es decir, era la plataforma quien decidía el horario laboral o le daba instrucciones de cómo llevar a cabo su trabajo, por ejemplo. «Para cualquier cambio de turno consultaba con el empresario», ha apuntado esta experta quien interpreta que el juzgado no admitió los argumentos de la empresa de que el repartidor tenía vehículo o móvil propios.

¿Falsos autónomos?

En opinión de Muñoz (Legálitas), la existencia de los «falsos autónomos» se da en mucho otros ámbitos aunque «a veces es muy difícil demostrar la dependencia o que se esta bajo la organización del empresario». Por este motivo, ha recomendado asesorarse previamente con un experto, que estudie el caso y aconsejado acudir a la Inspección de Trabajo si todavía existe la relación laboral o acudir directamente a los tribunales tras el despido. Eso sí, reuniendo «documentos probatorios» o «testigos» para demostrar que en realidad éramos un trabajor por cuenta ajena.

En opinión de Eduardo Abad, presidente de la Unión de Trabajadores y Profesionales Autónomos (UPTA) estamos ante «un fraude en la contratación de trabajadores» ya que, a su juicio, en la práctica se trata de trabajadores por cuenta ajena. «Las empresas que usan este tipo de fórmula, lo hacen con el único ánimo de obtener una ventaja económica en la contratación de autónomos económicamente dependientes».

Francisco Aranda Manzano, secretario general de la patronal de la logística y el transporte «UNO » - 6% del PIB nacional y 850.000 empleos directos e indirectos - ha admitido que «la precarización es un elemento que reduce la competitividad » y defendido que las más de 300 empresas representadas en UNO se atienen a la legislación vigente. Para hacerlo más difícil, Abad (UPTa) ha pedido «diferenciar» claramente entre el citado autónomo económicamente dependiente - regulado en el artículo 11 del Estatuto del Trabajo Autónomo -, el resto de a utónomos y el trabajador por cuenta ajena . Por todo lo anterior, desde UNO, han apostado por un «modelo de competencia leal» en el que se respete la normativa vigente fiscal o laboral.

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