El total de horas extras pagadas ha bajadodesde el el 61% de 2008 al 44% de 2015
El total de horas extras pagadas ha bajadodesde el el 61% de 2008 al 44% de 2015 - EFE

Las horas extras están limitadas a 80 al año y deben ser compensadas con dinero o descanso

El exceso de jornada no ordinaria que se paga ha bajado desde el el 61% de 2015 al 44% de 2008, según un informe de CC.OO.

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Una vez superado lo peor de la crisis económica han bajado las horas extraordinarias realizadas por los españoles. En 2015 los empleados sumaron un total de 6,3 millones de horas extras a la semana, un 33% menos que en 2008. Las jornadas se alargan ahora menos que cuando estalló la burbuja inmobiliaria (también hay menos asalariados), pero es superior el exceso de tiempo trabajado más allá del establecido por contrato o convenio que no se abona.

El total de horas extras pagadas ha bajado desde el el 61% de 2008 al 44% de 2015, según el informe «Las horas extraordinarias según la EPA» elaborado por Comisiones Obreras (CC.OO). De hecho, en 2008 se retribuían 5,7 millones de horas extras a la semana frente a las 2,8 millones de la actualidad.

Por su parte, las no retribuidas suponen ya el 56% del total frente al 39% de hace siete años.

Desde CC.OO. achacan esta tendencia al «aumento de la explotación laboral durante la crisis, que se ha consolidado en el inicio de la recuperación económica». La mejora de la productividad y de la devaluación salarial también se explicaría por este crecimiento de las horas trabajadas pero no pagadas.

Sin embargo, del informe también se extrae que el perfil de personas que superan la jornada límite definida en convenio no coincide con el que habitualmente se asocia a la precariedad laboral. Al contrario, los asalariados que hacen más horas extras son principalmente hombres, empleados privados del sector servicios, con contrato indefinido, jornada a tiempo completo y con cargo de técnico o directivo.

También destacan dentro del volumen de horas extras no pagadas otros perfiles como los de trabajadores de servicios de restauración y comercio, conductores y operadores de maquinaria móvil.

Voluntarias y computables

Las horas extras que realizan los trabajadores han de ser voluntarias y se han de computar cada día para que puedan ser compensadas. La ley establece que las empresas han de pagarlas o de resarcirlas con tiempo de descanso en los cuatro meses siguientes a su realización. En el caso de que se retribuyan, la cuantía a recibir no podrá ser inferior a lo que se abona por la hora ordinaria.

El número total de horas extras que se pueden realizar en una empresa tiene además un límite de 80 al año. No se incluyen dentro de estas las horas consideradas «de obligada realización» y que están destinadas a reparar daños extraordinarios y urgentes. Estas últimas, a pesar de su carácter preceptivo, deberán ser retribuidas como extraordinarias.

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