Campaña de la Renta 2020

La pandemia también trastoca las deducciones familiares en la declaración de la Renta

Las madres en ERTE total se quedan sin las deducciones por maternidad y por gastos de guardería

Quiénes están obligados a presentar la declaración de la Renta

Delegación de la Agencia Tributaria ERNESTO AGUDO
Teresa Sánchez Vicente

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La pandemia de coronavirus también ha trastocado la declaración de la Renta 2020 y los beneficios fiscales que han disfrutado hasta ahora las madres trabajadoras. Las mujeres con hijos menores de tres años incluidas en un Expediente Temporal de Regulación Empleo (ERTE) con suspensión del contrato de trabajo durante 2020 pasaron durante ese tiempo a ser consideradas como sin empleo. Ante esta nueva situación laboral, se pierde el derecho a la deducción por maternidad y, por extensión, a la que se aplica por gastos de guardería. Además, si la contribuyente recibió esta cantidad de forma anticipada como ingreso mensual, deberá devolver el importe al realizar la declaración de la Renta en las próximas semanas.

No obstante, si el ERTE solo fue de reducción de jornada, la contribuyente no vio extinguida la condición de trabajadora ni tampoco el derecho a la deducción por maternidad, por lo que podrá acceder a este beneficio al cumplimentar el borrador correspondiente al ejercicio pasado.

La cuantía de esta deducción puede alcanzar hasta 1.200 euros anuales por hijo y se puede solicitar su abono anticipado a través de una transferencia de 100 euros mensuales. A la deducción por maternidad se añade una ampliación por gastos de guardería que pueden suponer un incremento de hasta 1.000 euros anuales adicionales en el caso de que el hijo menor de tres años haya acudido a centros de educación infantil autorizados. En consecuencia, desde el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos calculan que las contribuyentes que estuvieran en ERTE desde marzo pasado perderán 900 euros de este beneficio fiscal . Además, quienes hayan cobrado la ayuda deberán devolver «una cantidad importante». A estos importes que no serán satisfechos hay que añadir la deducción por guardería, que puede alcanzar unos 83 euros mensuales.

« Al suspender el contrato de trabajo durante todo un mes completo -cuestión diferente sería que la suspensión afectase parcialmente al periodo mensual-, deja de realizarse una actividad por cuenta ajena y, por tanto, de cumplirse los requisitos para disfrutar de la deducción por maternidad, por lo que se suspende el correspondiente abono anticipado por ese periodo». Si eso ocurre, «tampoco se tendrá derecho por ese período a las cuantías adicionales por gastos de guardería», interpretó al respecto el presidente del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos, Fernando Santiago.

No obstante, si se revierte la situación y la madre sale del ERTE y vuelve a trabajar en condiciones normales , sí contará con el derecho de reclamar las deducciones por maternidad y guardería para ese periodo de no suspensión. En caso de que la madre trabajadora haya perdido su puesto de trabajo y pasado a engrosar las listas del paro, también deja de percibir esas ayudas fiscales. En caso de causar baja por enfermedad o embarazo, seguirá cobrando esas deducciones.

Familias numerosas

Por otra parte, la deducción por familia numerosa y otras ayudas familiares como la de ascendiente con dos hijos y la de discapacidad de descendientes, ascendientes o cónyuge siguen vigentes aún cuando alguno de los miembros de la unidad familiar haya estado inmerso en un ERTE cualquiera que sea su tipología.

Desde la Organización de Consumidores OCU razonan que estas deducciones benefician tanto a trabajadores como a pensiones y a los parados y por ello, no se perderán en el caso de contribuyentes incluidos en ERTE ni tampoco para los autónomos que cobren prestación por cese de actividad.

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