El TSJA libra a la Junta de pagar 31 millones por la quiebra de una aseguradora de los ERE

El tribunal rechaza el recurso de Apra Leven y niega que el impago de ayudas fuera la causa de su disolución

Unos prejubilados de Jaén se manifiestan por el impago de sus pensiones ABC
Antonio R. Vega

Antonio R. Vega

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En la Junta de Andalucía han exhalado un suspiro de alivio tras conocer una sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que la exime de pagar 31,1 millones a la aseguradora belga Apra Leven por daños y perjuicios ocasionados con los impagos en ayudas de los ERE. La sala, con sede en Sevilla, rechaza el recurso presentado por la empresa porque considera que no existe una relación de causa-efecto directa «entre la intervención y posterior liquidación» de la misma y «la actuación de la Junta de Andalucía».

La compañía, que está en liquidación, «presentaba problemas, además de financieros, de organización y administrativos», por lo que «fácilmente puede deducirse que estos problemas existían mucho antes de que se produjeran los impagos de la Junta», concluye la sentencia dictada el pasado 12 de julio, a la que ha accedido ABC.

La Junta empezó en 2009 a retrasarse en los pagos y paralizó los abonos al estallar el escándalo de los ERE en el año 2011

Apra Leven culpaba a la Administración autonómica de su quiebra alegando que entre 2009 y 2011 ésta interrumpió el pago de las primas de las 22 pólizas de prejubilación de trabajadores despedidos en empresas andaluzas por un importe de 59,47 millones. La Junta empezó en 2009 a retrasarse en los pagos y paralizó los abonos al estallar el escándalo de los ERE en el año 2011 y descubrirse que algunos empleados incluidos en los expedientes subvencionados eran ‘intrusos’, que no habían trabajado en las empresas afectadas. Los impagos ocasionaron que la aseguradora empezara a sufrir fuertes tensiones de tesorería y que, a la postre, fuera intervenida y disuelta, según la versión de la aseguradora. Estaba participada por el antiguo accionista de Fortia Vida, Eduardo Pascual de Arxé , investigado por las presuntas sobrecomisiones ilegales del caso ERE y prófugo de la Justicia. La Policía, que trata de extraditarlo, perdió el rastro del exbanquero en la República de Benín en África.

El tribunal presidido por el juez Julián Manuel Moreno Retamino sostiene que «no se dan los requisitos necesarios para declarar la responsabilidad patrimonial de la Administración» por el supuesto daño causado que, «siendo real, no está debidamente cuantificado». En el año 2013, había presentado una reclamación previa ante la Junta que fue desestimada por silencio administrativo. Entonces le reclamaba 36 millones de euros.

El TSJA entiende, a diferencia de la Junta, que la acción para reclamar el dinero no está prescrita, pero «no existen actos relacionados con el funcionamiento de los servicios públicos» que «hayan sido causante directo, inmediato ni exclusivo de la liquidación de la actora como compañía aseguradora». Por tanto, desestima la demanda y condena en costas a la compañía en una resolución contra la que cabe un recurso de casación.

Para dictar la sentencia, el tribunal ha tenido muy en cuenta el informe emitido por la CBFA, el organismo de control y supervisión belga. En junio de 2010, la entidad homóloga a la Dirección General de Seguros en España estableció una serie de medidas cautelares de control y sustituyó a los dueños de Apra Leven por administradores independientes ante las dificultades financieras que atravesaba. Su quiebra dejó a más de 4.700 afectados en Bélgica y España.

Un informe clave

El CBFA advirtió de que la aseguradora ya era deficitaria cuando se produjeron los impagos de la Junta, a partir del año 2011. Entre otras infracciones, alertó de que se había sobrepasado el límite de concentración de créditos concedidos a una sociedad de Rumanía sin garantía comercial. Además, se habían depreciado las garantías bancarias que Apra Leven puso para recibir créditos, en concreto, bienes que tenía en Tenerife y Rumanía por un montante de 14 millones de euros.

La sentencia, por último, recuerda que la Junta reanudó los pagos a través de un decreto-ley y se hizo cargo directamente de los abonos mensuales de los prejubilados a partir de 2012.

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