CASO ERE ANDALUCÍA

Los andaluces no pueden saber si están pagando los abogados a altos cargos procesados en el caso ERE

Presidencia elude informar sobre si financia estos gastos porque el juicio no ha terminado, entre otros motivos

Abogados de la defensa en el juicio de la pieza política de los ERE EFE

ANTONIO R. VEGA

La Junta de Andalucía reconoce que los ex altos cargos y funcionarios acusados en el caso ERE tienen derecho a endosarle la factura del gasto de su defensa jurídica, pero se niega a aclarar si la está pagando y cuánto está costándole a las arcas públicas.

El artículo 24 del la Ley de Transparencia Pública de Andalucía estipula que « todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública veraz ». Esta es la teoría. En la práctica, hay espacios de la Administración autonómica que todavía mantienen la persiana bajada. El cerrojazo informativo afecta a cuestiones sensibles, aunque de indudable interés público, como los gastos de abogados de ex responsables autonómicos inmersos en casos de corrupción.

El viceconsejero de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, Fernando López Gil, «ha inadmitido» una solicitud de acceso a información pública a través del Portal andaluz de la Transparencia sobre el coste al erario público de los honorarios de los abogados contratados por algunos de los 22 ex altos cargos autonómicos que están siendo juzgados por la Audiencia Provincial de Sevilla en la pieza política del caso ERE. Entre ellos, los expresidentes socialistas Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

Los cargos y funcionarios acusados tienen derecho a que les costeen los gastos de defensa jurídica

En la respuesta que notificó ayer a quien firma esta noticia, el «número dos» del consejero Manuel Jiménez Barrios justifica su negativa por que « el procedimiento judicial está desarrollándose en la actualidad , no pudiéndose determinar el coste de los servicios realizados y, por tanto, proceder en su caso al pago de las cantidades devengadas».

Para defender la «inadmisión» invoca la disposición adicional cuarta de la Ley de Transparencia, que limita el acceso a documentos de un procedimiento administrativo en curso a «quienes tengan la condición de interesados». Alude también a la normativa de protección de datos.

El derecho a saber del periodista se topa, además, con la ley estatal de transparencia, que marca algunas líneas rojas para el acceso a datos oficiales . Una de ellas es «la protección de la defensa judicial efectiva y la igualdad de las partes en el proceso judicial».

En el supuesto de que la petición fuera admitida, lo que no sucede en este caso, el viceconsejero esgrime que « el acceso a la información solicitada sobre el posible coste de los servicios contratados podría afectar a la estrategia de defensa de las personas acusadas», así como a la igualdad de las partes en un proceso judicial en curso, como es el caso ERE.

A los políticos y altos funcionarios que se sientan en el banquillo se les acusa de idear y mantener un método «opaco» preñado de «descontrol» que permitió repartir 855 millones entre empresas desde el Gobierno entre 2000 y 2010.

El Ejecutivo reconoce a los acusados el derecho a que la Junta corra con los gastos de su defensa jurídica «siempre que se trate de actos u omisiones realizados en el ejercicio de sus cargos cumpliendo el ordenamiento jurídico o las órdenes de sus superiores», según una modificación introducida en el decreto del Reglamento de Organización y Funciones del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía el 20 de diciembre de 2011.

Sólo once meses antes, la juez Mercedes Alaya había abierto las diligencias previas 174/2011, conocidas como el caso ERE, que le iban a conducir hasta la cúspide de la pirámide de responsabilidades en este escándalo.

Derecho reconocido

Las autoridades y empleados públicos al servicio de la Administración pueden contratar los servicios de bufetes, cuando, «resultado procedente su defensa por los letrados y letradas del Gabinete Jurídico, pudiera existir incompatibilidad material por la posición procesal que la comunidad autónoma haya de mantener en el mismo o en otros procedimientos», apunta López Gil.

Este supuesto se da, en efecto, en el caso ERE, donde dos letrados autonómicos han ejercido durante años la acusación de la Junta hasta que solicitaron la absolución de los políticos acusados.

Por si no bastara con las razones expuestas, el viceconsejero añade un motivo más para negar esta información al periodista y, por ende, a la opinión pública. El acceso a estos datos «podría implicar el conocimiento de determinada información relacionada con uno de los aspectos que la normativa de protección de datos considera de especial interés, como es la comisión de infracciones penales, disciplinarias y administrativas».

Supondría, pues, «una cesión de datos personales que debería analizarse» y una «posible vulneración de su derecho a la intimidad». Pretexta que el periodista no ha aportado el « consentimiento de las personas afectadas para la cesión de estos datos ». Son los límites y trabas a una ley, la de transparencia, que, según Susana Díaz, por entonces consejera de la Presidencia, permitiría «abrir puertas y ventanas en las instituciones».

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación