Corrupción

Jueces de Instrucción de Sevilla expresan «afecto» a la «compañera» María Núñez tras la denuncia de la Fiscalía

Los magistrados valoran «las informaciones vertidas» pero eluden la queja de Anticorrupción por desatender las causas de corrupción

Francisco Guerrero, decano de los jueces de Sevilla, junto al presidente del TSJA, Lorenzo del Río Juan Flores

A. R. Vega

La Junta de Jueces de Instrucción de Sevilla ha expresado «su apoyo y afecto» a la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños , después de que la Fiscalía Anticorrupción presentara una denuncia contra ella por «la desatención y retraso injustificado» de distintas causas de corrupción que instruye.

En el acta remitida a este periódico, la Junta de Jueces de Instrucción no alude en ningún momento a esta denuncia remitida al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El segundo punto del orden del día recogido en el acta lleva por título « Valoración de las informaciones vertidas con referencia a la actividad jurisdiccional de la Ilustrísima Señora Magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla», sin precisar más.

La Junta de Jueces de Instrucción de Sevilla, reunida este viernes a las 12.30 horas, acuerda por unanimidad expresar «su apoyo y afecto a su compañera, Ilustrísima Sra. Magistrada Doña María Núñez Bolaños» y pide, además, que «sea respetada tanto en el ámbito personal como el profesional». No hubo ruegos ni preguntas ni ningún asunto más a tratar, salvo la lectura y aprobación del acta de la junta anterior. A la reunion asistió el decano de los jueces de Sevilla, Francisco Guerrero, y los magistrados de Instrucción, tres de los cuales delegaron el voto en sus compañeros.

A la Junta de Jueces reunida este viernes no asistieron los jueces de Instrucción números 4 (cuyo titular es el antiguo juez de apoyo de Núñez, Álvaro Martín ), 8, 14, 16, 18 y 19.

El pasado miércoles, el fiscal jefe de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, Alejandro Luzón , anunció que presentaba una denuncia ante el Promotor de la Acción Disciplinaria del máximo órgano de gobierno de los jueces contra la titular del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla. Denunció que «la desatención y retraso injustificado» de las causas ERE, Avales y IDEA, que Núñez heredó hace cuatro años de la juez Mercedes Alaya , merecen una sanción profesional como responsable de una falta «muy grave o grave». Su forma de instruir ha causado un «evidente perjuicio de los fines del proceso penal y de la Administración de Justicia», exponía.

El punto de partida de este proceso contra la juez Núñez es un informe de queja firmado por los seis fiscales Anticorrupción de Sevilla y dirigido hace semanas a su jefe en Madrid, que no tiene precedentes. En el citado escrito detallaron las continuas demoras que sufren las causas de corrupción que han desencadenado incluso la prescripción de delitos en la causa penal de los ERE , abierta en enero de 2011, y la impunidad para sus responsables. La juez está de baja desde hace dos semanas por motivos personales. Su paréntesis laboral se produjo al conocerse la existencia de este escrito que no tiene precedentes en Andalucía.

La Fiscalía Anticorrupción «ha valorado que la situación procesal de estas causas se ve afectada por la desatención y retraso en su tramitación y resolución». Por este motivo, «está resultando imposible proceder en los términos exigidos por la Ley de Enjuiciamiento Criminal» para «el esclarecimiento de los hechos y la determinación de la responsabilidad penal de los partícipes». A la postre, estas dilaciones favorecen que «el ejercicio de la acción penal no alcance sus objetivos», concluía.

En su denuncia, la Fiscalía cita dos artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial que desarrollan la responsabilidad disciplinaria a las que están sometidos los jueces y magistrados. En concreto, alude a los artículos 417.9 y 418.11 que regulan las faltas «muy grave y graves». El plus de gravedad lo aporta el hecho de que se considere que, además de un retraso injustificado, la demora sea reiterada e incurra en una desatención en la tramitación y resolución de procesos y causas.

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