Administración

La Junta de Andalucía abre la puerta a que el personal de sus agencias haga tareas de funcionarios

El proyecto de decreto de los estatutos de la agencia IDEA, ahora en trámite, prevé que el personal laboral fijo mantenga estas funciones

Sede de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, en la isla de la Cartuja de Sevilla Raúl Doblado

Antonio R. Vega

El personal laboral fijo de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) realizará tareas administrativas propias de los funcionarios, es decir, las mismas funciones reservadas a quienes han accedido a la Administración autonómica tras aprobar unas oposiciones. Por primera vez la Junta de Andalucía lo recoge de manera expresa en un texto normativo, el proyecto de decreto por el que se modifican los Estatutos de la agencia IDEA que ha elaborado y está tramitando la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento, dependiente de la Consejería de Economía.

El cambio, introducido a través de una disposición adicional que había pasado inadvertida dentro de una reforma más amplia a la que se va a someter IDEA, abre el camino para que el modelo sea replicado por otras agencias públicas empresariales y entes instrumentales que integran la denominada «administración paralela de la Junta». La situación más acuciante es la del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en la que dos tercios de sus 3.400 trabajadores no pueden desempeñar tareas administrativas. Cerca de un millar son empleados procedentes de la extinta Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo, la Faffe .

Los laborales no pueden conceder y tramitar subvenciones , abrir expedientes de reintegro para exigir la devolución de ayudas o hacer inspecciones, tareas reservadas por ley a los funcionarios, aunque se desarrollen en agencias públicas como IDEA.

Desde la consejería que pilota Rogelio Velasco (Ciudadanos) advierten a ABC de que el proyecto se encuentra en estos momentos en fase de información pública, un trámite por el que pasan todas las normas con el objetivo de recabar la opinión de «los ciudadanos titulares de derechos e intereses legítimos afectados», directamente o a través de las organizaciones o asociaciones que los representen. El recorrido burocrático que tiene por delante incluye los dictámenes del Consejo Consultivo y del Gabinete Jurídico de la Junta, que « garantizarán que el nuevo estatuto se ajustará a la legislación que le es de aplicación », puntualizan.

El Sindicato Andaluz de Funcionarios rechaza la medida y la Consejería insiste en que se ajustará a la legislación

De entrada, el proyecto nace con el rechazo frontal del Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) a la disposición adicional quinta que señala que este personal laboral fijo ya está ejerciendo «de facto» tareas de funcionarios y que continuará haciéndolas. « El personal laboral fijo de la agencia, en funciones directivas u ordinarias , que desde la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril estuviera desempeñando funciones de personal funcionario, podrá seguir desempeñándolas mientras mantengan las referidas funciones», reza el proyecto de decreto.

El SAF, sindicato mayoritario entre los funcionarios de la Administración General de la Junta, ha presentado una alegación contra la polémica disposición. En el caso de aprobarse en los términos que recoge el texto, avisa de que «estaríamos ante un supuesto típico de ilícito penal de prevaricación por parte de la autoridad o funcionario que atribuyera al personal laboral dichas funciones funcionariales a título de autor principal» y también incurriría en un supuesto « delito de usurpación de funciones a título de cooperador necesario», máxime cuando «ni siquiera son personal laboral de la Administración General».

En su alegación, a la que ha accedido ABC, pide que se retire «inmediatamente» dicha disposición quinta. Argumenta que «únicamente» el personal laboral fijo que desde antes del 1 de enero de 1993 realizaba tareas funcionariales «puede seguir desempeñándolas en la actualidad». Se trata de un «supuesto bastante residual que apenas se da ya a fecha actual, y nunca en una agencia pública empresarial , donde no existe dicho personal laboral fijo», especifica.

La citada disposición contrasta con la jurisprudencia sobre el asunto. El propio proyecto de decreto alude a ella en el preámbulo. Esgrime que la reforma de determinados artículos persigue «agilizar» la gestión de IDEA, reforzar los controles y la seguridad jurídica, «teniendo como objetivo responder a las recomendaciones de la Intervención General sobre las agencias públicas empresariales» y «atender a las recientes consideraciones jurídicas del Tribunal Supremo sobre la reserva al personal funcionario de las funciones relacionadas con el ejercicio de potestades administrativas». ¿Pueden o no ejercerlas? ¿En qué quedamos?

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