El expresidente del Sevilla F.C., José María del Nido, pasará sus primeros días de permiso penitenciario
El expresidente del Sevilla F.C., José María del Nido, pasará sus primeros días de permiso penitenciario - JUAN JOSÉ ÚBEDA
Tribunales

José María del Nido sale de la cárcel de Huelva con un permiso de seis días

La Audiencia Provincial rechaza los argumentos del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y le concede el permiso con medidas de control

Huelva Actualizado: Guardar
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El abogado y expresidente del Sevilla F.C.,José María del Nido, saldrá del centro penitenciario de Huelva para disfrutar de un permiso de seis días, autorizado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva, contemplando las medidas de control que sean necesarias durante el mismo.

De Nido, que ha cumplido hasta ahora dos años y casi ocho meses de la condena que lo llevó al penal onubense, podrá salir este mismo jueves de la cárcel, después de que la Audiencia onubense haya admitido el recurso de apelación contra la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Huelva, desestimando a su vez el recurso contra el acuerdo de la Junta de Tratamiento (febrero de 2016) por el que se denegaba el permiso solicitado.

En un amplio auto (17 folios) cargado de jurisprudencia, la sala rechaza uno a uno los argumentos esgrimidos por Vigilancia Penitenciaria y señala que, en elc aso del abogado, concurren los requisitos formales u objetivos que debe de cumplir un interno para disfrutar de permisos ordinarios, como estar clasificado en segundo grado de tratamiento, tener cumplida la cuarta parte de su condena y no observa mala conducta penitenciaria. La controversia mayor para los magistrados radica en el requisito finalista de que el permiso contribuya a preparar la vida en libertad.

Así, el tribunal analiza los requisitos, desde la naturaleza del delito por el que ha sido condenado, subrayando que el criterio de la juez de Vigilanzia Penitenciara «no es acertado», argumentando que «no podemos utilizar para impedirle acceder a un beneficio penitenciario previsto en la Ley, el mismo argumento que ya fue tenido en cuenta para sancionarle con la pena de prisión que cumple».

En cuanto a la larga extensión de la condena impuesta en relación con el tiempo efectivo de cumplimiento, «es también un argumento rechazado por las Audiencias Provinciales, con apoyo en la Jurisprudencia Constitucional que establece que los permisos no solo preparan para la vida en libertad, sino que contribuyen a la preparación para la vida en semilibertad».

La Sección Tercera de la Audiencia de Huelva tampoco advierte riesgo de fuga y quebrantamiento y, en cuanto al hecho de que a Del Nido le quedan responsabilidades pendientes por hechos de similar naturaleza», en cuanto a el exhorto remitido a la Audiencia provincial de Málaga (Sección 8), la sentencia dictada «no es firme respecto de los pronunciamientos condenatorios». En todo caso, añade el tribunal, si deviniera en firme, el hecho de tener dos condenas ( en las mismas fechas y por iguales hechos, de ahí la calificación de delito continuado, la agravación ya efectuada de la pena de 6 a 8 años, en vez de 2 a 6) no supone, a criterio de este Tribunal agravamiento alguno para obtener beneficios penitenciarios.

La sala se refiere además a la reparación del daño causado. «Sin duda el importante dato de la asunción íntegra de las importantes responsabilidades civiles que se devuelven, es determinante para conceder el permiso», subrayan los magistrados tras concretar que la sentencia por el delito de malversación incluía la fijación de una responsabilidad civil consistente en la devolución de minutas de honorarios profesionales por importe de 2.786.607,30 euros. «El interno y tres personas más de manera solidaria con el recurrente están abonando en un calendario fijado por el Tribunal Sentenciador. Aunque nada tenga el recurrente, abonará al Ayuntamiento de Marbella la totalidad de las cantidades fijadas en la sentencia, en el calendario judicialmente marcado».

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