URBANISMO

Costas pone reparos al plan de las torres de Punta Umbría y pide que se subsanen antes de aprobarlo

El departamento del Ministerio de Transición Ecológica emite informe desfavorable a la modificacion puntual del planeamiento

Recreación del proyecto residencial ABC

M. Rosa Font

Dos días después de que se hiciera público que el proyecto residencial William Martin de Punta Umbría , que prevé levantar dos torres de 19 plantas de altura en la zona de los antiguos depósitos, tiene la vía administrativa libre, tras la aprobación por la Junta de Andalucía la modificación urbanística necesaria para avanzar en su ejecución, se conoce la letra pequeña del último informe de la Dirección General de Costas en relación con el proyecto urbanístico.

El documento emitido por el departamento dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica es desfavorable al planteamiento que, desde el Ayuntamiento costero, se propone para la modificación puntual del plan urbanístico, necesaria para llevarlo a cabo, y establece una batería de reparos para que sean tenidos en cuenta y, una vez subsanados , sean remitidos de nuevo a Costas antes de su aprobación definitiva.

En relación con la volumetría del conjunto -que pasó de cuatro a dos torres para evitar la masificación, según los promotores- , el informe, fechado el pasado 14 de febrero y no vinculante , Costas afirma que las 19 plantas de altura en un entorno de vivienda unifamilar aislada y bloques de altura máxima de tres plantas « no cumplen con los requisitos » establecidos en jurisprudencia.

En este punto, hace referencia a parámetros establecidos en esta jurisprudencia, como «la distribución homogénea de los volúmenes, en función del entorno y configuración de la zona; la armonía con el entorno, y la limitación del campo visual para contemplar la naturaleza, sin romper la armonía del paisaje o desfigurar su perspectiva».

Costas desecha, por otro lado, la referencia que el proyecto hace de las edificaciones de 10 alturas existentes en el municipio, en paralelo a la línea marítima, construidas antes de la entrada en vigor de la Ley de Costas y que «no guarda relación» con la ordenación que se propone en la zona, a lo que añade además que las torres «duplicarían la altura de las existentes, en contra de los criterios jurisprudenciales asentados sobre la materia».

El informe incide en que el ámbito objeto de la modificación puntual se encuentra fuera de la zona de dominio público marítimo terrestre y de sus servidumbres, estando totalmente afectado por la zona de influencia , subrayando que «debe respetarse en toda clase de suelo».

Señala Costas que el ámbito objeto de modificación está afectado por un expediente de deslinde (1991), por lo que pide que se representen en todos los planos, junto a las líneas de dominio público marítimo terrestre, su servidumbre de protección y su zona de influencia, las de tránsito y acceso al mar, tráfico peatonal y rodado.

«Ante cualquier desajuste, aclara el documento, prevalecerán los datos de los planos de deslinde sobre los reflejados en el planeamiento».

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