En una sentencia

El TSJA pone en tela de juicio el sistema para calcular el número de taxis en la capital cordobesa

La forma de fijar las licencias en el Ayuntamiento tiene serios visos de ser «lesiva»

Taxis en una parada de la zona Centro de Córdoba VALERIO MERINO

R. Ruiz

La sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ( TSJA ) ha advertido al Ayuntamiento de la posible lesividad del actual sistema de cálculo del número de taxis que se fija cada diez años, según la ordenanza. El tribunal no ha llegado a anular esos artículos por las particulares reglas que rigen los recursos contra la Administración. El recurrente, el sindicato UGT , no llegó a pedir que se anulase sino que discutía cada cuánto tiempo ha de hacerse: si cada diez años, como dice la norma actual, o cada seis, siete u ocho años, como reclamaba la federación de movilidad de la central ugetista.

En la ciudad de Córdoba, como en casi toda España, no puede haber un número libre de licencias de taxi. Actualmente, se entiende que la cifra propicia es 1,55 taxis por cada mil habitantes de derecho existentes. La norma afirma que ese número, 1,55, no es una designación arbitraria del Ayuntamiento sino producto de un estudio que tenga en cuenta criterios económicos . En ese sentido, se ha de producir un estudio de oferta y demanda de acuerdo a datos objetivos como la población, la economía y si las necesidades están cubiertas o no. El TSJA decidió no tocar el artículo porque UGT nunca llegó a probar pericialmente que el hecho de estudiar eso cada diez años supone un perjuicio objetivo. Al contrario, el Consistorio sí que defendió la medida presentando un dictamen sobre el plazo de amortización fiscal de cada licencia de taxis.

La sentencia, sin embargo, sí realiza una aportación importante: «Podemos concluir que, si algo puede ser lesivo, sería el propio procedimiento de modificación del coeficiente de licencias, mas no que este tenga 5, 7 u 8 años de demora pues, ‘prima facie’ (a primera vista, en latín), lo que sería transgresor es el procedimiento en sí ».

El comentario de la sentencia tiene relevancia porque el Ayuntamiento de Córdoba tiene en estos momentos un recurso ante la Audiencia Nacional de las autoridades de Competencia. Entiende la comisión reguladora que los municipios de Córdoba y Málaga aprobaron sendas ordenanzas que ponen en tela de juicio las leyes de unidad de mercado . Las organizaciones principales del taxi han defendido siempre la existencia de coeficientes bajos con el objetivo de disminuir el número de licencias en el mercado. Pretenden elevar los ingresos de cada uno de los conductores para que puedan tener mejores rendimientos por su trabajo.

Las tesis de UGT y Competencia , en este caso, tienen una filosofía distinta. El recurso presentado por el sindicato, al que se sumó ETaxi , pretendía una reforma del texto aprobado en tiempos del PP en el Ayuntamiento con el aplauso de la asociación mayoritaria, Auttacor. El recurso de Competencia, por su parte, pretende atacar de raíz la organización del sector del taxi durante las últimas décadas. Es decir, una actividad con un número de licencias cerrado , donde las tarifas se aprueban oficialmente y donde no es posible la libre implantación de empresas.

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