TRIBUNALES

Rafael Gómez solicita al juez el tercer grado penitenciario

El empresario, de 74 años y una pena de cinco años de prisión por cumplir, esgrime razones humanitarias

Rafael Gómez, de perfil y en semioscuridad, en una entrevista con ABC en 2013 en sus oficinas VALERIO MERINO

PILAR GARCÍA-BAQUERO

El empresario Rafael Gómez Sánchez «Sandokán» ha solicitado oficialmente al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria la concesión del tercer grado , un régimen de semilibertad cinco meses después de su ingreso en prisión, según han informado fuentes judiciales a ABC.

Esta solicitud, que fue presentada por la letrada del expresidente de Arenal 2000 ante el juzgado este pasado lunes día 30 de abril, tiene que ser incoada y trasladada al juez titular de Vigilancia Penitenciaria, que será quien pedirá informes sobre la situción del reo al Centro Penitenciario de Alcolea (Córdoba) y a su vez solicitará otro dictamen a la Fiscalía de Córdoba quien deberá pronunciarse sobre la conveniencia o no de otorgar este régimen al interno Gómez. El proceso de resolución judicial podría prolongarse de uno a dos meses, según han informado fuentes judiciales.

A priori, el exlíder de Unión Cordobesa y candidato a la Alcaldía de Córdoba en dos ocasiones cumple los requisitos exigidos por la normativa para solicitar el tercer grado que son carecer de antecedentes, contar con arraigo profesional y familiar, no haberse lucrado con dinero público y el hecho por el que ingreso en prisión se produjese más de 8 años antes de que se juzgara el caso y se dictara la sentencia.

En este caso, Rafael Gómez fue procesado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba acusado de 11 delitos contra la Hacienda Pública , pero finalmente fue condenado por dos de ellos. El de mayor calado es el que le lleva a la pena de 2 años y 9 meses de prisión con multa de 102.281.202,40 euros. El segundo delitos lleva aparejada la sanción de 2 años y 6 meses de prisión (por el segundo delito) con una multa de 9.641.778,84 euros. Esto suma una pena de 5 años y 3 meses de prisión y una multa de cerca de 112 millones de euros en total.

Los dos delitos fiscales que han llevado a la condena de prisión a Gómez son de un lado el impago de 25,5 millones de euros correspondiente al Impuesto de Sociedades de Arenal 2000 y de 3,2 millones por dejar de tributar por Arenal 2001 S.L. en el ejercicio 2006. Es decir, los dos delitos se cometieron hace más de ocho años.

Requisitos acceso tercer grado

Cumple, por tanto, uno de los requisitos para acceder al tercer grado de forma excepcional sin que haya cumplido las dos terceras partes de la condena en prisión, que es la vía ordinaria para obtener la concesión de la libertad condicional.

A esto hay que añadir que una de las bases para conceder o no un tercer grado por parte de Vigilancia Penitenciaria es «la naturaleza del delito». No es lo mismo ni se trata igual a la hora de conceder permisos por parte del juez un delito contra el fisco o una falsedad que un delito de violación, homicidio o de terrorismo. Por tanto, estaríamos además, ante uno de los casos que más favorablemente se inclinan por la concesión del tercer grado penitenciario.

Si finalmente el juez considera que Gómez entra en esos casos en los que el tercer grado es «factible» atendiendo a causas humanitarias, como su edad ( tiene 74 años ) o posible enfermedad mental o física, será la junta de tratamiento del centro penitenciario la que finalmente regule las condiciones del tercer grado, si bien podría ser posible que el empresario cumpliese lo que le resta de condena en su propio domicilio.

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