Intrerior

Niegan el segundo grado a un yihadista de la cárcel de Córdoba por su «alta peligrosidad»

La Audiencia Nacional sigue sin verlo comprometido con los programas de desradicalización

Instalaciones de la prisión de Córdoba Valerio Merino

Rafael Ruiz

La Audencia Nacional ha confirmado la decisión del juzgado de Vigilancia Penitencia que denegó el pase de primer a segundo grado de un condenado por pertenencia a banda armadas de carácter yihadista. El reo cumple nueve años de condena en la prisión de Córdoba tras ser juzgado y sentenciado por participar en el aparato de captación y propaganda de una célula terrorista.

El preso acabará su condena en el primer cuatrimestre de 2021 . Aún así, la Audencia ha considerado preciso que mantenga un grado penitenciario que no da opciones a salir de prisión para reinsertarse en la vida civil. Al contrario, afirma que no se reúnen los condicionamientos para que esa decisión sea posible.

La defensa del preso había alegado que había retomado sus estudios y que estaba siguiendo un proceso de desradicalización con el que se intenta trabajar en las prisiones con los internos que abogan por dejar de usar métodos violentos para la implantación de la «sharia». Además, afirmaba que el preso siempre ha condenado la violencia y que no ha establecido ninguna expresión de apoyo al Estado Islámico.

La Audiencia Nacional ha revisado los papeles del caso y entiende que los motivos no proceden. En primer lugar, por la naturaleza del crimen por el que fue condenado. No solo pertenecía al movimiento terrorista yihadista sino que participaba en una red que captaba jóvenes con el objetivo de radicalizarlos y dotarlos de entrenamiento militar para la realización de atentados. Una vez formados, los jóvenes, a los que se le daba noción de grupo, eran enviados a zonas de conflicto o instados a realizar la «yihad en casa» . El tribunal explica que la alta alarma social del caso y su extrema gravedad reducen la posibilidad de pasar a un grado penitenciario más benévolo.

El tribunal sospecha además que la participación del condenado en los cursos de reeducación es una mera pantalla «instrumental» para acortar su sentencia. «La conducta por la que fue condenado el interno denota una extrema peligrosidad y un riesgo potencial evidente de captación y adoctrinamiento de otros reclusos, sin que conste un profundo cambio de actitudes», explica la Audiencia Nacional. El reo, afirma la sentencia, nunca ha reconocido los hechos por los que fue condenado o los ha reducido a asuntos sin apenas trascendencia.

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