Tribunales

La Audiencia Nacional niega cualquier indemnización pública a la promotora de El Algarrobico

La empresa constructora del hotel ilegal solicitaba más de 70 millones de euros al Estado, Junta de Andalucía y Ayuntamiento de Carboneras

Una de las imágenes del hotel El Algarrobico difunida por Greenpeace para denunciar su ilegalidad. ABC

R. Pérez

Azata del Sol, empresa promotora del hotel construido en el paraje de El Algarrobico en Carboneras, en el parque natural Cabo de Gata-Níjar y violando la Ley de Costas, no recibirá ninguna indemnización por parte del Estado, Junta de Andalucía y Ayuntamiento . Tal y como ha sentenciado la Audiencia Nacional se rechaza la petición de la constructora que demandó a las tres administraciones el pago único conjunto de una indemnización de más de 70 millones de euros.

Las obras del hotel ilegal fueron paralizadas por orden judicial en 2005 cuando se encontraban al 94% de su ejecución, con 20 plantas y 411 habitaciones frente al mar . La sala ha considerado que no se ha acreditado que los daños económicos originados a la empresa sean imputables a la Administración.

La promotora argumentó que el Estado llevó a cabo un irregular procedimiento para el deslinde y fijación en 100 metros de la zona de servidumbre en la franja litoral donde está el hotel, que se hizo después de haberse edificado con todos los permisos y autorizaciones necesarios y de conformidad al Plan Parcial de Carboneras de 1988 y al expediente provisional de deslinde que fijaba la anchura de protección en 20 metros. La demanda contra la Junta se centró en la aprobación de dicho plan, donde se habría establecido una franja de 50 metros.

Azata del Sol también recogió en su demanda que la administración autonómica aprobó la revisión de la normativa urbanística municipal , otorgando licencias y autorizaciones para la apertura del hotel. En cuanto al Ayuntamiento de Carboneras, la promotora recurrió a la concesión de la licencia de obras en enero de 2003, así como la calificación ambiental favorable y licencia de actividad dos meses después de ese mismo año.

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