Almería

Vuelve a dar clases de religión tras 17 años de juicios por casarse con un hombre divorciado

El Obispado de Almería, que excluyó a Resurrección Galera, ha tenido que readmitirla

Resurrección Galera junto a su marido, en una imagen de archivo EFE/Carlos Barba

R. P.

La profesora de religión Resurrección Galera , que fue excluida por el Obispado de Almería tras casarse con un hombre divorciado, ha vuelto esta semana a las clases tras 17 años de juicios al colegio público Ferrer de Guardia de Almería, el mismo centro donde ejercía cuando fue despedida. Un largo proceso que comenzó en el año 2001 y que ha finalizado tras el cumplimiento de la sentencia dictada hace dos años por el Tribunal Supremo.

Desde la Diócesis de Almería, que llegó a recurrir en dos ocasiones ante el Tribunal Constitucional, para no ceder a la readmisión, transmiten que acatan y respetan la decisión judicial. Por su parte, Galera se encuentra «feliz y quiere volver a la normalidad» , manifestó ayer su abogada Amalia Robles.

«Ha sido un procedimiento complicado porque había muchas partes, mucha oposición y tribunales a los que recurrir, tanto al Supremo como al Constitucional. Ha sido el juez Diego Zafra, del juzgado de lo Social de Almería quién ha dado el impulso definitivo para que la reincorporación se hiciera efectiva y definitiva», añadió. Obispado y Ministerio de Educación interpusieron numerosos recursos en contra de la readmisión y se justificaban en que el puesto estaba cubierto por dos profesores y que Galera no contaba con «la preceptiva missio canónica» por parte de la Diócesis, la «venia» del Obispo que le habilitaría a impartir la asignatura de religión.

El alto tribunal ordenó la readmisión de la profesora tras anular en su sentencia un fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y declarar que la falta de llamamiento de la docente hace seis años fue constitutiva de un «despido nulo por violación de derechos fundamentales». Así, se ordenó al Ministerio, a la Consejería de Educación y al Obispado de Almería a «readmitirla y pagarle los salarios de tramitación que se devenguen hasta que la readmisión tuviera lugar», apunta la abogada.

«Las resoluciones son para cumplirlas y era el Ministerio el que tenía que dar de alta en la Seguridad Social y pagarle el salario. Han comprendido que nosotros no podíamos seguir en una situación permanente de litigio y más ante el claro derecho de Resurrección a volver a dar clases de religión», explicó Robles.

La sentencia del Supremo estaba siendo parcialmente ejecutada desde el pasado febrero, fecha en la que la profesora recibe íntegro su nómina mensual. Además, el Ministerio le ha abonado los salarios de tramitación desde septiembre de 2012 , compensando la cuantía con el sueldo percibido por otros trabajos remunerados de Galera, año en el que un juzgado de Almería ordenó la reincorporación de la profesora.

Desde 1994, Resurrección Galera trabajaba como profesora de religión y moral católica en dos centros públicos, prestando sus servicios para el Ministerio de Educación, a propuesta del Obispado de la Diócesis de Almería. Fue en septiembre del año 2000 cuando contrajo matrimonio con un hombre divorciado, por lo que el Obispado la excluyó de la relación de profesores propuestos para el curso 2001, situación que fue denunciado por la docente ante los tribunales.

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