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Renta 2015Cómo se declaran las rentas negativas pendientes de compensar

Si tiene un saldo negativo que procede de rendimientos de capital mobiliario, lo puede compensar con saldo positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones,

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Existen casos en que tenemos rentas negativas pendientes de compensar de ejercicios anteriores. Por este motivo es fundamental conocer cómo se declaran en la Renta. Aquí puede haber varios casos

Si tiene un saldo negativo que procede de rendimientos de capital mobiliario, lo puede compensar con saldo positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones, con el máximo del 10% de este último. El exceso de dicho límite que queda pendiente, podrá compensarse en los 4 ejercicios siguientes con rendimientos positivos y, lo que reste, con el saldo positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales sujetas al límite.

Si de la suma de ganancias y pérdidas patrimoniales resulta un saldo negativo, podrá compensarlo con el saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario, con el límite del 10% de este último.

El exceso de dicho límite podrá compensarse en los cuatro ejercicios siguientes con el saldo de ganancias y pérdidas del ejercicio y, lo que reste, con los rendimientos positivos del ahorro del ejercicio.

En 2015 puede compensar los saldos negativos de rendimientos o de ganancias y pérdidas patrimoniales de la renta del ahorro, de los años 2011 y 2014, pero seguirán compensándose con la norma vigente en 2014, esto es, con el saldo positivo de ganancias y pérdidas, pero no contra rendimientos del ahorro.

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