Tribunales

El TSJA confirma seis años y medio de cárcel para un hombre detenido en Chiclana con 120 gramos de droga de diseño

El tribunal desestima el recurso de la defensa y considera acreditada la cadena de custodia de las sustancias incautadas

El condenado dio positivo a cocaína, MDMA, MDA, anfetamina, metanfetamina y benzoilecgonina. Archivo

La Voz de Cádiz

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a un acusado a seis años y medio de prisión por un delito contra la salud pública tras ser interceptado en Chiclana de la Frontera con más de 120 gramos de droga de diseño, concretamente 3-Clorometcatinona y MDMA, destinadas a su venta.

Los hechos ocurrieron en junio de 2024, cuando el acusado fue detectado conduciendo en zigzag por las calles de la localidad chiclanera. Agentes de la Policía Local lo detuvieron y le practicaron una prueba de detección de drogas, que arrojó un resultado positivo a cocaína, MDMA, MDA, anfetamina, metanfetamina y benzoilecgonina.

Durante el registro del vehículo, los agentes hallaron varias bolsas con la sustancia estupefaciente, 425,48 euros en efectivo —presuntamente procedentes de ventas ya realizadas—, un bote de acetona, una báscula de precisión, una navaja y diversos útiles de corte.

Condena

Por estos hechos, la Audiencia Provincial de Cádiz condenó al acusado a diez meses de multa con una cuota diaria de seis euros por un delito contra la seguridad del tráfico y a seis años y medio de prisión por un delito contra la salud pública de sustancia que causa grave daño a la salud, además de una multa de 19.080 euros.

La defensa recurrió la sentencia ante el TSJA alegando una supuesta ruptura de la cadena de custodia de la droga, por un error en la fecha de recepción de las sustancias por parte de la Guardia Civil. Sin embargo, el tribunal ha concluido que quedó plenamente acreditada la correspondencia entre las sustancias intervenidas y las analizadas, gracias a la declaración de los agentes y de la perito receptora, que subsanaron la confusión inicial de fechas.

Con esta resolución, el TSJA desestima el recurso y confirma la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz.

Comparte esta noticia por correo electrónico
Reporta un error en esta noticia