Multas DGT

Esta es la multa que te pondrá la DGT si duermes en tu furgoneta

La clave para poder hacerlo o no está en la diferencia entre pernoctar y acampar

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Foto de archivo de una 'quedada' de furgonetas y autocaravanas. Antonio Quintero

La Voz

Cádiz

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¿Te puede poner una multa la DGT por dormir en tu furgoneta? El auge de las furgonetas camperizadas, conocidas como 'camper' o 'campervan' en los últimos años es más que evidente. Viajar así está lleno de ventajas, pero también tiene sus inconvenientes y requiere conocer una serie de normas, tanto para estas furgonetas, como para las autocaravanas a la sazón de evitar las posibles multas.

Según la definición de la DGT, las autocaravanas están diseñadas para vivir en su interior y las furgonetas camper son vehículos que no han sido fabricados para ese fin, pero que se pueden acondicionar para ello.

Pero, ¿te pueden multar por dormir en tu furgoneta o autocaravana? Pues la clave está en la diferencia entre pernoctar y acampar. Porque el Reglamento de Circulación español permite pernoctar en nuestro vehículo aparcado pero no se puede acampar.

Así, según detalla la DGT, una autocaravana o furgoneta está estacionada cuando esté aparcada, en un lugar permitido, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiese. No es relevante, en este caso, el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación (calzos), soportes de estabilización, etc.

Así que se puede pernoctar sin problema siempre y cuando no se despliegue nada de esto en el exterior, ya que entonces se consideraría acampar. Y acampar solo está permitido en zonas habilitadas para ello (campings o parkings, según la normativa de cada comunidad autónoma). Incumplir esta ley puede suponer multas que llegan hasta los 6.000 euros.

No obstante, hay que tener en cuenta que en algunos lados está prohibido dejar el vehículo estacionado y pasar la noche allí, como en las playas y los Parques Naturales, lo que puede acarrear multas que van desde los 50 a los 5.000 euros.

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