Laboral

Denuncian el despido de un trabajador de la cafetería del Puerta del Mar por salirse del grupo de Whatsapp del trabajo

El empleador se negó a seguir en el grupo «porque el número de teléfono asociado al whatsapp era particular y no de la empresa»

La empresa asegura que la extinción del contrato se debe a la mala situación económica y la necesidad de amortizar su puesto de trabajo

LA VOZ

Cádiz

Las secciones sindicales de Autonomía Obrera y CGT han denunciado el despido de un trabajador de la cafetería del hospital Puerta del Mar de Cádiz por salirse del grupo de Whatsapp del trabajo. Estos sindicatos acusan a Eurest, la empresa que cogió el contrato de las cafeterías, de tomar esta decisión, que vulneraría los derechos del trabajador. Y es que este método de comunicación instantánea se ha convertido en una herramienta laboral, con la falta de regulación existente sobre el asunto.

Por su parte, la empresa asegura que la extinción del contrato se debe a la mala situación económica y la necesidad de amortizar su puesto de trabajo.

Autonomía Obrera y CGT dicen lo siguiente en su nota de prensa:

«Cuando el pasado mes de marzo la empresa EUREST COLECTIVIDADES cogió el contrato de las dos cafeterías del hospital Puerta del Mar, una de sus primeras decisiones que tomó en materia de personal fue crear un grupo de whatsapp al que incorporó de forma obligatoria a toda la plantilla (21 trabajadores y trabajadoras).

Mediante dicho grupo, la empresa comunicaba los cuadrantes semanales de trabajo, emitía instrucciones y comunicaciones sobre las más diversas cuestiones laborales y controlaba la actividad diaria de la plantilla, al exigirles que subieran todos los días al grupo imágenes de los trabajos que hubieran realizado.

La creación del grupo por parte de EUREST sin el conocimiento y consentimiento de las personas trabajadoras suponía, sin duda, una manifiesta vulneración del art. 6 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que ello supone, a la vez que una transgresión del derecho a la desconexión digital y al respeto de su intimidad que establece el art. 20.bis del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Ante la ilegalidad de la medida, uno de los trabajadores de la empresa decidió, en fecha 6 de Julio de 2023, abandonar el grupo de whatsapp al que la dirección de EUREST le había incorporado sin su consentimiento, comunicándoselo así a los responsables de la empresa.

Pues bien, nada más llevar a cabo su decisión, el trabajador comenzó a recibir toda una serie de presiones por parte de los responsables de la contrata para que corrigiese su postura y volviera al grupo. Así, en fecha 7 de julio, le remitieron varios mensajes exigiéndole una explicación por lo que había hecho y exhortándole a su reincorporación inmediata al mismo, recordándole que «el grupo de cocina es para todos».

Así mismo, en fecha 10 de julio, los responsables de EUREST convocaron al trabajador a una reunión donde le trasladaron que tenía la obligación de mantenerse en el grupo de whatsapp como todo el resto de sus compañeros y que debía reincorporarse al mismo, a lo que el trabajador se negó «porque el número de teléfono asociado al grupo de whatsapp era particular y no de la empresa».

Tras ello, y al cabo de una semana justa de dicha reunión, la responsable de la empresa en representación de EUREST comunicó al trabajador (padre de familia y con más de cincuenta años) la extinción inmediata de su contrato, mediante carta de despido en la que, como era de esperar, no se exponía lo más mínimo respecto al motivo real de dicha decisión, que se encubría con la excusa de «la mala situación económica de la empresa y la necesidad de amortizar su puesto de trabajo».

Desde las Secciones Sindicales de Autonomía Obrera y CGT del hospital Puerta del Mar consideramos:

Que los argumentos expuestos en la carta de la empresa resultan total y absolutamente falsos, ya que, después del despido, al parecer, han tenido lugar varias ampliaciones y sustituciones de trabajadores/as y porque, en cualquier caso, resulta absurdo pensar que una presunta «mala situación económica de la empresa» vaya a resolverse con el despido de un trabajador con apenas dos años de antigüedad.

Y que el despido de nuestro compañero se ha producido claramente como represalia empresarial frente a su rotunda negativa de sumisión ante las ordenes empresariales de su pertenencia a un grupo de whatsapp creado por EUREST sin el conocimiento y consentimiento de las personas trabajadoras.

Así mismo, queremos denunciar la vergonzosa pasividad que respecto a este caso ha mantenido la Dirección del hospital, a la que hace ya varias semanas que se le informó de lo ocurrido, a fin de que interviniese y exigiera a EUREST la readmisión inmediata del trabajador despedido. Hasta la fecha, sin embargo, ni el trabajador ha sido readmitido, ni se tiene la más mínima constancia de gestión alguna ante la empresa para corregir lo sucedido, lo que convierte claramente a la dirección del hospital en cómplice silencioso de esta vergonzosa agresión contra un trabajador».

Por todo lo expuesto, las Secciones Sindicales de Autonomía Obrera y CGT del Hospital Puerta del Mar exigimos a la empresa EUREST y la dirección del hospital la inmediata readmisión del trabajador despedido y que se garantice plenamente el respeto, por parte de la contrata, de todos los derechos que le corresponden a sus trabajadores y trabajadoras».

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