CÁDIZ

Cádiz regulará las zambombas navideñas: solo podrán celebrarse del 21 de noviembre al 4 de enero y con horario limitado

El Ayuntamiento publica un bando para compatibilizar las tradicionales fiestas navideñas con el descanso vecinal y fija los requisitos para obtener autorización municipal

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Las zambombas estarán permitidas del 21 de noviembre al 4 de enero. L.V.

El Ayuntamiento de Cádiz ha publicado un bando municipal para regular la celebración de las tradicionales zambombas con motivo de las fiestas navideñas, con el propósito de mantener el equilibrio entre la diversión popular y el respeto al descanso vecinal.

Según detalla el Consistorio, las zambombas estarán permitidas desde el 21 de noviembre de 2025 hasta el 4 de enero de 2026, ambos días incluidos, y deberán desarrollarse dentro del horario autorizado de 14:00 a 23:00 horas.

El bando especifica que necesitarán autorización municipal previa aquellas zambombas de carácter profesional que se organicen en establecimientos donde ya se desarrolla otra actividad, incluso cuando los artistas no perciban remuneración, si el evento supera los límites de su licencia habitual. También deberán solicitar permiso las que se celebren en calles, plazas o espacios públicos, organizadas por asociaciones o particulares sin ánimo de lucro, así como las que tengan lugar en terrazas o veladores, tanto si están situados en la vía pública como en espacios privados de uso público.

Permisos necesarios

Por el contrario, estarán exentas de autorización las zambombas familiares o privadas, siempre que no se publiciten fuera del entorno cercano de los organizadores; las populares y espontáneas, en las que no existe una separación entre quienes cantan y el público, y donde se interpretan villancicos tradicionales sin amplificación de sonido; y aquellas que se celebren en locales que ya cuentan con licencia específica para espectáculos o música, como teatros, salas de fiestas o establecimientos hosteleros con música.

Para poder obtener la autorización municipal, los organizadores deberán presentar la solicitud con al menos quince días hábiles de antelación. En el caso de los locales o terrazas previamente autorizadas, el trámite se gestionará a través de la Delegación de Urbanismo, especialmente cuando se prevea el montaje de escenarios, torretas de sonido, carpas u otras estructuras que requieran un informe técnico.

Si el evento se realiza en la vía pública sin necesidad de instalaciones adicionales, la solicitud deberá dirigirse a la Delegación de Vía Pública. Y cuando la organización requiera colaboración municipal -como la cesión de vallas, tarimas, escenarios o suministro eléctrico-, la petición se tramitará con la delegación responsable de coordinar esos servicios, siempre con un informe previo de la Policía Local y Vía Pública que confirme que no hay otras ocupaciones autorizadas en las mismas fechas.

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