TRIBUNALES

La Audiencia Nacional rechaza unificar en una las siete acusaciones populares contra el yihadista de Algeciras

Gadea abordó la posible alteración psíquica de Kanjaa en el momento del ataque, subrayando que esto afectaría «al alcance de la culpabilidad» pero no a la calificación de los hechos como terroristas

Un furgón de la Policía Nacional llega a la Audiencia Nacional el mismo día que pasa a disposición judicial el presunto autor del ataque mortal en Algeciras. L.V.
La Voz de Cádiz

Esta funcionalidad es sólo para registrados

La Audiencia Nacional ha rechazado el último recurso que presentó la defensa del presunto yihadista Yassine Kanjaa que el pasado mes de enero protagonizó un ataque en Algeciras que se saldó con la muerte de un sacristán y con varios heridos, por el que se solicitaba la unificación en una sola de las siete acusaciones populares personadas en la causa, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.

En su recurso de apelación, según recoge Europa Sur, la defensa de Kanjaa solicitaba que las siete acusaciones populares quedasen «bajo la dirección procesal y letrada de cualquiera de las dos asociaciones (11 de marzo o Asociación Víctimas del Terrorismo) que entre sus fines sí consta explícitamente la personación en este tipo de causas«, sin embargo la AN ha rechazado este recurso.

El pasado 5 de septiembre el juez de la Audiencia Nacional Joaquín Gadea puso fin a la instrucción que se seguía en relación a este asunto y calificó los hechos de delito de asesinato terrorista, castigado con la pena de prisión permanente revisable.

En su auto, recogido por Europa Press, el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción número 6 añadió también el delito de lesiones terroristas, que acarrea una pena de hasta 15 años de prisión, y aclaró que después de la extensa actividad instructora procede la transformación de las diligencias previas en sumario ordinario al considerar que los hechos encajan en delitos de terrorismo.

Para llegar a esta conclusión, Gadea abordó la posible alteración psíquica de Kanjaa en el momento del ataque, subrayando que esto afectaría «al alcance de la culpabilidad» pero no a la calificación de los hechos como terroristas.

Al hilo, mencionó el informe pericial forense elaborado en el Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla, donde permanece el joven de origen marroquí, y recordó que Kanjaa «presenta un cuadro psicótico que cursa con delirios de probable filiación esquizofrénica» y que «en el momento de tener lugar los hechos presentaba una descompensación psicótica aguda con un importante grado de implicación afectiva y conductual que afectaría muy severamente a sus capacidades volitivas e intelectivas».

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación