Absuelven a la mujer y la madre de Luisito por el crimen de su suegro

La Audiencia Provincial de Madrid las exculpa del delito de asesinato frente al veredicto del jurado popular, que las consideró cooperadoras necesarias

En los extremos, las dos absueltas. En el centro, el padre de Luisito, único condenado por el crimen de su consuegro ABC

EFE

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto del delito de asesinato a una mujer y su suegra por el asesinato del padre de la primera en Arroyomolinos en 2015, un crimen por el que ambas fueron declaradas culpables por un jurado popular como cooperadoras necesarias junto con el autor material.

En su sentencia, la sección sexta de la Audiencia Provincial de Madrid condena a 15 años de prisión Rafael R.M . por el asesinato a tiros en una nave de Arroyomolinos (Madrid) en septiembre de 2015 del padre de Yolanda F.D ., acusada también del crimen y declarada culpable junto con su suegra María Yolanda D.P. pro un jurado popular la semana pasada.

También fue acusado por estos hechos Luis R.D., el marido de Yolanda , pero éste fue asesinado a tiros el 6 de abril pasado, cuatro días antes de que comenzase el juicio, que tuvo que ser aplazado. Ahora, la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, corrige el veredicto del jurado y absuelve a ambas mujeres del delito de asesinato porque no ha quedado probado ni que Yolanda F.D indujera a que mataran a su padre ni tampoco que su suegra alquilara el coche que utilizaron los autores del crimen .

Pero sobre todo, la sentencia del tribunal no comparte el criterio del jurado al considerar a ambas cooperadoras necesarias del crimen porque arrendaron días anteriores al crimen un piso en San Feliu de Guixol (Girona) para refugiarse con los autores de los disparos no significa que cooperaban en la ejecución del asesinato.

«Tanto en la cooperación necesaria como en la ejecución del delito es preciso un acto de cooperación en la ejecución del delito», argumenta el tribunal que sostiene que el alquiler de la casa en San Feliu de Guixol tenía como único objetivo «procurar la impunidad de los autores materiales del crimen».

Fuentes jurídicas de la acusación han avanzado a Efe que recurrirán el fallo porque el tribunal no ha tenido en cuenta los argumentos del jurado, no solo el alquiler sino las llamadas telefónicas o las búsquedas por internet de las acusadas que, a su juicio, planearon el crimen. El tribunal sí comparte con el veredicto del jurado de que los tres so autores de un delito de tenencia ilícita de armas , por lo que les condena a dos años de prisión

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación