AUTO

El Supremo ratifica que las causas de la «Pokemon» no son competencia de la Audiencia Nacional

Enésimo revés para la juez Pilar de Lara

Pilar de Lara, en una imagen de archivo EFE

P.P.

En un auto con fecha del 18 de julio, al que tuvo acceso este diario, el Tribunal Supremo ratifica que una de las piezas separadas de la «Operación Pokemon», la que investiga el caso Vendex, remitida por la juez Pilar de Lara , no es competencia de la Audiencia Nacional , sino del juzgado de instrucción nº1 de Lugo. El Juzgado Central de Instrucción nº5 de Madrid (AN) ya había rechazado en septiembre de 2018 hacerse cargo del caso, que versa sobre las supuestas actividades irregulares de la empresa Vendex, aunque no se notificó a las partes hasta febrero de este mismo año.

El TS recuerda que el auto de Lugo cuantifica los beneficios presuntamente obtenidos por el grupo empresarial en 295 millones de euros, pero «no determina los perjuicios causados». Añade que «la atribución de la AN es una excepción a las normas generales» y que, en este caso, las presuntas defraudaciones no cumplen el requisito de que se produzca «una grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil, en la economía nacional o perjuicio patrimonial a una generalidad de personas en el territorio de más de una Audiencia». Los supuestos sobornos a a autoridades y funcionarios, atribuidos a Vendex, para obtener adjudicaciones de contratos públicos «se realizaron principalmente en Galicia». Por tanto, «la cantidad de perjudicados (...) es reducida».

Enésimo revés para De Lara, pendiente de si se confirma la sanción de siete meses de suspensión de empleo y sueldo, tras el expediente incoado por el Consejo General del Poder Judicial.

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