Imagen de un puesto de venta de mascarillas en la ciudad de Alicante JUAN CARLOS SOLER
Alberto Caparrós

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La Generalitat Valenciana ultima la resolución por la que levantará el grueso de las restricciones vigentes por el coronavirus . La mejoría de la situación epidemiológica, ya con una incidencia acumulada del Covid-19 por debajo de los cincuentas contagiados por cada 100.000 habitantes y el descenso de las hospitalizaciones, permitirán al Gobierno que preside Ximo Puig suprimir las limitaciones de aforos y horarios en vigor hasta el 8 de octubre en sectores como del ocio nocturno o la hostelería así como el cines, teatros o auditorios.

La Generalitat Valenciana prepara el paralelo la orden mediante la que se implantará el pasaporte covid en discotecas y conciertos para que solo puedan acceder las personas vacunadas contra el coronavirus.

Sin embargo, lo que queda todavía lejos es el uso de la mascarilla. Con cerca de cuatro millones de personas inmunizadas frente al coronavirus y ya en situación de riesgo bajo de propagación del Covid-19 , los valencianos todavía deberán esperar para prescindir del cubrebocas.

La intención de la Generalitat pasa por prorrogar las actuales medidas sobre el uso de la mascarilla más allá del 9 de octubre al igual que han hecho otras autonomías de distinto signo político como la Comunidad de Madrid, Castilla y León o Castilla-La Mancha .

En el último decreto de la Generalitat se han añadido novedades respecto al uso de la mascarilla. Por ejemplo, se permite el baile o el karaoke, pero siempre con cubrebocas.

Esta es la normativa en vigor sobre el uso de la mascarilla en la Comunidad Valenciana:

La Conselleria de Sanidad recomienda que cuando se esté al aire libre, especialmente en ambientes urbanos , se siga usando la mascarilla, excepto en playas y espacios naturales. Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en cualquier espacio al aire libre en el que por la aglomeración de personas, no resulte posible mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre las mismas, salvo grupos de convivientes.

La mascarilla es también obligatoria en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.

El uso de la mascarilla es obligatorio en la Comunidad Valenciana en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, metro o por ferrocarril, incluyendo los andenes y estaciones de viajeros, o en teleférico, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.

En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote, ni en espacios exteriores de la nave cuando se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros.

En los eventos multitudinarios al aire libre hay que portar la mascarilla cuando los asistentes estén de pie o si están sentados cuando no se pueda mantener 1,5 metros de distancia entre personas, salvo grupos de convivientes.

El uso de la mascarilla será obligatorio en todo caso, incluso al aire libre , tanto para las personas participantes en el evento como para el público que pueda asistir, excepto para las personas menores de 6 años.

La Generalitat permite el baile en discotecas en zonas preasignadas y la práctica del karaoke, pero siempre con la mascarilla puesta.

Los velatorios y entierros podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un aforo limitado al 75% en espacios cerrados y al cien por cient en espacios abiertos, garantizándose la distancia de seguridad interpersonal, uso obligatorio de la mascarilla y medidas de higiene.

El uso de mascarilla será necesario cuando no se esté consumiendo tanto en el interior de los locales como en las terrazas.

Imagen tomada en la localidad alicantina de Rojales JUAN CARLOS SOLER

Para la realización de actividad física y deportiva en instalaciones cerradas, será obligatorio el uso de mascarilla. Para la realización de actividad física y deportiva al aire libre y en instalaciones abiertas, de modalidades deportivas individuales y aquellas que se practiquen por parejas, no será obligatorio, el uso de mascarilla. Su uso será obligatorio en zonas o espacios con gran afluencia de personas donde no sea posible mantener la distancia de seguridad recomendada por las autoridades sanitarias con el resto de personas deportistas o viandantes.

En los eventos deportivos multitudinarios de los equipos que participan en la Liga Profesional de Fútbol masculina y femenina, Liga ACB y Liga Femenina Endesa de Baloncesto se reforzará la vigilancia del cumplimiento de la obligatoriedad del uso de mascarilla durante la permanencia en el evento (incluida el área de aseos), así como en los momentos de entrada y salida del mismo.

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