Política

La Junta Electoral anula un acto de Mónica Oltra en la Universidad

La vicepresidenta iba a presentar la Ley de Servicios Sociales Inclusivos y no se le permite porque podía exponer sus logros de gestión

Oltra presidiendo la comisión delegada del Consell de Inclusión y Derechos Sociales MIKEL PONCE

ABC

La Junta Electoral de la Comunidad Valenciana ha considerado improcedente la participación de Mónica Oltra (Compromís), vicepresidenta del Consell, en un acto en la Universitat Jaume I de Castellón sobre la Ley de Servicios Sociales Inclusivos previsto para este jueves.

Se atiende de esta manera la queja-reclamación formulada por el PP ante la Junta Central y estima lo que solicita en cuanto a la improcedencia de la participación de Oltra y de la celebración del acto, por lo que se suspende.

Se trata de la presentación de la nueva Ley de Servicios Sociales Inclusivos en el paraninfo de la universidad, que estaba prevista para las 17 horas de hoy, un acto organizado por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas , la UJI y el Colegio de Trabajo Social de Castellón.

Según la agenda de la UJI, el Laboratorio de Servicios Sociales ha participado en la elaboración de esta norma, que recoge una nueva estructuración y organización del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales y la ampliación de los perfiles profesionales que se incorporan al sistema , además de la creación de una estructura de búsqueda, el Instituto de Formación, Investigación y Calidad en Servicios Sociales (IVAFIQ).

El PP presentó un escrito de queja este martes ante la Junta Electoral Central en el que se pedía que Oltra se abstuviera de participar en el acto al ser una campaña institucional no permitida dentro del periodo electoral, dando cumplimiento al artículo 50.2 de la LOREG, que prohíbe cualquier tipo de acto que contenga alusiones a los logros obtenidos.

Convocado antes

Se presentaron alegaciones por parte del director de Gabinete de la Vicepresidencia y Conselleria, que indica que se trata de un acto de interés pedagógico y finalidad formativa y que fue organizado y convocado a finales de febrero, antes de la convocatoria de elecciones , y por ello no lo entiende como uno de los supuestos previstos en las prohibiciones de la LOREG o en las instrucciones de la Junta Electoral.

También por parte del Colegio de Trabajo Social de Castellón, que alegó que el acto ha sido organizado "con la ayuda" de la Conselleria y que también pidieron la colaboración de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias; y por la UJI, que argumenta que es un acto académico, una actividad informativa y formativa , y no se puede considerar acto institucional de la universidad.

La Junta Electoral de la Comunitat Valenciana considera que se trata de un acto que puede ser calificable como una actividad referida a la realización o logros obtenidos, en este caso, mediante la aprobación de la ley, y que al estar programada la presentación de esta ley en las tres provincias de forma previa a la convocatoria electoral, no ha existido premeditación.

El acuerdo, contra el que se puede presentar recurso, se debe comunicar a la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad, al Consell, a la rectora de la UJI, al presidente del Colegio de Trabajo Social , a la representante del PP y a todos los que hayan formulado alegaciones.

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