Los condenados por el 1-O que iban en las listas electorales ya no podrán ser candidatos

Junqueras, Romeva, Sànchez, Turull, Rull y Forn concurrían a las elecciones del 10-N en listas de ERC y JpC

Rull y Turull, durante la campaña electoral de 2017 Afp

Abc

Ni Junqueras, ni Romeva, ni Forn, ni Rull, ni Turull ni Sánchez. Los condenados este lunes por delitos de sedición y malversación que iban en las listas electorales del 10 de noviembre ya no podrán ser candidatos al quedar inhabilitados. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), en el artículo 6, enumera las situaciones en las que los ciudadanos pueden ser elegidos en las urnas, pero también los que lo impiden.

No podrán ser candidatos, por tanto, ni Oriol Junqueras (número uno de ERC por Barcelona al Congreso), Raül Romeva (número uno de ERC por Barcelona para el Senado), Jordi Sànchez (uno de Junts por Barcelona al Congreso), Jordi Turull (uno por Lleida al Congreso), Josep Rull (uno de Junts por Tarragona al Congreso) y Joaquim Forn (uno de Junts por Girona al Congreso). Todos ellos, sin embargo, forman parte de las listas, y así figura en las candidaturas que fueron publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 9 de octubre.

Hoy lunes es el día de la proclamación definitiva tras los cuatro días habilitados en el calendario electoral para la comunicación de posibles irregularidades en las listas y su subsanación.

Y es que, según la legislación, no podrán ser elegibles «los condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena». Asimismo serán ineligibles «los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal».

Las juntas electorales provinciales son las encargadas de proclamar las candidaturas, así que las de Barcelona, Lérida, Tarragona y Gerona deben, en teoría, excluir a los candidatos condenados por sentencia firme. Han de hacerlo porque, como recuerdan fuentes de la Junta Electoral Central, la propia sentencia indica de tales penas deben ser comunicadas a la Junta Electoral Central y a las respectivas juntas provinciales.

Si así ocurriera, mañana, día de publicación definitiva en el BOE de las listas, Junqueras, Romeva, Sànchez, Turull, Rull y Forn ya no aparecerán . Otro aspecto a tener cuenta se centra en la candidatura de Romeva: al ser las del Senado listas abiertas y quedar el exconseller excluido, su puesto lo ocupará el suplente, y por consiguiente, ERC deberá añadir a una persona a la terna de tales suplentes.

Con las del Congreso, listas cerradas, no habrá problema. Los números uno, una vez descartados, dejan sus puestos a los siguientes. Junqueras, Romeva, Sànchez, Rull y Turull concurrieron en las elecciones del 28 de abril, ya que, aun estando en prisión preventiva, no habían sido condenados. El Supremo incluso permitió que fueran al Congreso y al Senado a entregar sus credenciales como electos y a tomar posesión de sus escaños. Sin embargo, las Cámaras decidieron suspenderles de los derechos y deberes de los diputados, en virtud de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

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