El fiscal del caso Nóos considera «lógico» que los presos independentistas estén en cárceles catalanas

Horach considera que «no se puede añadir un plus al conflicto como ocurría en la época de ETA»

Horach, durante su intervención en Cope ABC

JUAN CARLOS VALERO

Pedro Horrach, fiscal del caso Nóos ahora en excedencia, cree que Iñaki Urdangarin “no era consciente de que estaba perpetrando un hecho delictivo” y mantiene que fue “demencial ” que la Infanta Cristina tuviera que declarar ante un juez. En su opinión, ha sido “la primera vez en España que se sienta en el banquillo a una persona por el hecho de ser socia de una entidad”.

Pedro Horrach ha pedido este sábado ante los micrófonos de ”Converses” de COPE Cataluña y Andorra el acercamiento a cárceles catalanas de los presos independentistas porque “lo lógico y razonable es que estén cerca de sus familias”. La petición, que ha hecho extensiva al ex presidente del FC Barcelona, Sandro Rosell, en prisión desde hace un año, la justifica con el argumento de que “no se puede añadir un plus al conflicto como ocurría en la época de ETA”.

El ex fiscal tampoco comprende por qué el Juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, “alarga tanto la prisión preventiva”. Afirma que “no se pueden tomar decisiones en relación con lo que han hecho otros, sino a las propias circunstancias de cada uno”, y recuerda que algunos de los procesados ahora en la cárcel “descartaron ir a Bélgica” con el ex presidente de la Generalitat huido, Carles Puigdemont y otros consellers y decidieron enfrentarse a la Justicia. En cualquier caso, Horrach considera que el juez Llarena adopta esta actitud “en consecuencia de sus propias consideraciones y criterios jurídicos” sobre el referéndum del 1-O.

"Jaque a la corrupción"

Respecto a su trayectoria profesional, reflejada en el libro “Pedro Horrach. El fiscal que puso en jaque a la corrupción” (Península) , escrito por la periodista Ana Martínez Aguirre, asegura que en todo momento “ha intentado luchar contra el prejuicio” que se instaló en la opinión pública de que estuviera actuando “a las órdenes del Gobierno, de la Casa Real o del Ministerio de Justicia, como si existiera una especie de confabulación para salvar a la Infanta”. Respecto a Cristina de Borbón , el fiscal en excedencia, que ahora ejerce la abogacía en Palma de Mallorca, recuerda que “el principio básico del derecho penal es que conocer no significa participar” y que, en el caso de la infanta “no se pudo ni probar su conocimiento” en las actividades del instituto Nóos o sus empresas asociadas.

A Horrach le parece “demencial” que “por primera vez en España se haya sentado en el banquillo de los acusados a una persona por el hecho de ser socia de una entidad”. En este sentido recuerda que en el caso Palau, las cónyugues de Fèlix Millet y Jordi Montull “no eran socias, sino administradoras formales de las entidades a través de las cuales, presuntamente, se desvió dinero público”, y sin embargo, no pasaron por el banquillo. Horrach ha concluido que había “una especie de necesidad por parte de la opinión pública, transmitida por los medios de comunicación, de que se azotase a la Infanta Cristina en una plaza pública por una cuestión ética”. Un extremo ante el que el ex fiscal se ha mostrado tajante, ya que ha afirmado que “nunca permitiré trasladar una valoración ética a un procedimiento penal” en su ejercicio del ministerio fiscal.

Penar el enriquecimiento ilícito

Para atajar la corrupción en España, Horrach defiende introducir en el Código Penal el incremento patrimonial no justificado o enriquecimiento ilícito, como ya ocurre en otros países. A su juicio, de no hacerlo, fuerza a la fiscalía a probar que ese enriquecimiento procede de un hecho delictivo previo, como tráfico de drogas, prevaricación, blanqueo, etcétera, un extremo que “provoca un déficit en la investigación importante, porque ese tipo de incremento injustificado es difícil probar porque procede de dinero negro ”.

En opinión de Horrach, lo importante es prevenir la corrupción, por ejemplo, con organismos que en las comunidades autónomas analicen muestreos de contrataciones públicas , porque “los tribunales de cuentas las analizan 3 o 4 años con posterioridad”.

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