Ratifican la condena contra un vecino de Villarrobledo que intentó matar con un toro mecánico a un 'Cobrador del Frac'

La víctima estuvo 28 días en el hospital con lesiones graves al quedar atrapado entre los hierros de su coche y una pared

El condenado «era consciente de la presencia» del cobrador, que no llevaba frac, su traje característico, y estaba de pie en la acera Ignacio Gil

ABC

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de siete años y medio de cárcel a un vecino de Villarrobledo que arrolló con un toro mecánico el coche de un empleado de 'El Cobrador del Frac' , que le reclamaba una deuda, con la intención de matarlo.

La víctima estuvo 28 días en el hospital con lesiones graves y pudo haber muerto, ya que al ser embestido por el toro mecánico, de once toneladas de peso y unos tres metros de altura, quedó atrapado entre los hierros de su coche y una pared . Además, el condenado tendrá que pagar una indemnización de 8.772 euros conjunta y solidariamente con una aseguradora al Sescam.

Los hechos ocurrieron en torno a las once de la mañana del 4 de marzo del año 2014. La Sala de lo Penal rechaza que la intención no fuera matar a la víctima y que los hechos se limitaran a un accidente de tráfico, como pedía su defensa. Al contrario, «era consciente de la presencia» del cobrador, que no llevaba frac, su traje característico, y estaba de pie en la acera, situado entre su coche y la pared de una casa, mientras, con la puerta abierta, colocaba su chaqueta en una percha para guardarla.

En ese momento, el condenado situó la máquina que conducía, con una pala delantera, «en el carril izquierdo de su sentido» e invadió el contrario para «enfrentar mejor» el coche del cobrador. Asimismo, tampoco «intentó frenar al llegar al cruce» y «no hizo ninguna maniobra de evasión para evitar» el choque, siguiendo adelante hasta que, por sorpresa y sabiendo que el cobrador no tendría posibilidad de reacción, arremetió contra el coche.

Los brazos del toro mecánico, de más de un metro, entraron por las puertas del lado derecho del coche, a la altura de los ocupantes, aplastando los asientos y la carrocería, subiéndolo a la acera y desplazándolo hacia la pared.

Con alevosía

El condenado pretendía que se sancionaran los hechos como un delito de lesiones por imprudencia, ya que llamó a Emergencias para que atendieran al lesionado y también estuvo con él hasta que llegaron. La Sala de lo Penal rechaza este argumento, así como aplicarle la atenuante de confesión, pues no ha reconocido la integridad de los hechos ni tampoco sus aspectos más sustanciales.

Por último, el Alto Tribunal considera que su conducta fue a todas luces realizada con alevosía, al llevarla a cabo con «un instrumento de enorme potencia lesiva y de forma totalmente sorpresiva, inesperada para el atacado, de manera que no solo se asegura el resultado, sino que se suprime cualquier posible reacción».

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