Abogados y procuradores podrán presentar escritos a través de Lexnet aunque los plazos sigan suspendidos

El Ministerio de Justicia ultima una resolución en la que planea retomar ya la actividad judicial de forma gradual

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El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo

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El Ministerio de Justicia y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tienen previsto anunciar el levantamiento de la prohibición de presentar escritos de demanda y recursos en todo tipo de procedimientos judiciales , y no solo en el marco de los considerados servicios esenciales durante el estado de alarma por el coronavirus . Era una de las reivindicaciones de abogados y procuradores, que desde el inicio del confinamiento vienen alertando del riesgo de colapso de Lexnet si de un día para otro se habilita el servicio de notificaciones. De esta forma, los escritos podrán ir entrando de forma progresiva en la red a lo largo de las próximas semanas y ser repartidos a los respectivos órganos judiciales aunque se mantenga la suspensión de los plazos procesales.

El borrador de la resolución del Ministerio que dirige Juan Carlos Campo, al que ha tenido acceso ABC, adapta el funcionamiento de juzgados y tribunales y el régimen de servicios esenciales de la Administración de Justicia a una «nueva fase» , menos restrictiva, del estado de alarma, y programa, en coordinación con el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía, la vuelta paulatina a la actividad judicial. Garantiza, además, la «provisión efectiva y coordinada» de hidrogeles, guantes y mascarillas por parte de las administraciones prestacionales de justicia «para proteger la salud de todos los profesionales de la administración de justicia, cumpliendo criterios de uso de las autoridades sanitarias».

Nacimientos y defunciones

Junto con la presentación de escritos por parte de abogados, procuradores y graduados sociales, el borrador señala que para asegurar el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia como servicio público durante la vigencia del estado de alarma, además de los esenciales, deberán prestarse «todos aquellos procedimientos no enmarcados en la categoría de servicios esenciales siempre que lo permitan los medios disponibles», y en el caso del Registro Civil, insta a que «en el plazo más breve posible» se realicen todas las inscripciones de fallecimiento y nacimiento presentadas. Este dato es fundamental para conocer el posible desfase que hay entre los decesos oficiales y los reales como consuencia del coronavirus, según han denunciado algunas comunidades autónomas.

En cuanto a la dotación del servicio público, en esta vuelta gradual la resolución contempla tres modalidades de trabajo por parte de los funcionarios de la Administración de Justicia. La primera, presencial por turnos –para garantizar la distancia de seguridad mínima entre trabajadores– , sería establecida en sus respectivos ámbitos competenciales por los secretarios coordinadores provinciales o de gobierno, los fiscales jefes, los directores de Instituto de Medicina Legal, Toxicología y gerentes territoriales.

La segunda modalidad sería la de teletrabajo, prevista para el personal que disponga de dispositivos con acceso al sistema de gestión procesal correspondiente. La última, de «plena disponibilidad», prevé que el personal al que no le corresponda asistir a su puesto de trabajo pueda ser requerido para la prestación de cualquier servicio que no pueda ser realizado a distancia o para cualquier incidencia que pudiera presentarse. Para ello, la persona «debe estar disponible y plenamente localizable durante toda la jornada laboral», señala el borrador.

En consonancia con lo expuesto por el ministro de Sanidad, Salvador Illa, en la rueda de prensa del pasado viernes, la resolución hace hincapié en la necesidad de que las personas con patologías previas o en situación de riesgo no trabajen en ningún caso de forma presencial.

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