La Abogacía también cree que el CGPJ se excede en su plan de choque contra el colapso de los tribunales

Rechaza que se declare hábil el mes de agosto y propone que sea el mes vacacional para todos los operadores jurídicos

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Victoria Ortega, presidenta del Consejo General de la Abogacía Española Isabel Permuy

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El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) considera que las medidas del órgano de gobierno de los jueces para afrontar el previsible colapso de los tribunales tras la crisis del coronavirus deben limitarse exclusivamente a combatir esa situación excepcional de forma provisional y no a plantear una reforma de envergadura que requeriría una actuación pausada y consensuada en el Parlamento . Así lo aseguran los letrados en las alegaciones que ayer presentaron ante el Consejo General del Poder Judicial en respuesta a las 108 medidas propuestas por el órgano que dirige Carlos Lesmes.

«La idea primordial propuesta por la Abogacía es resolver -en el ámbito de todos los órdenes jurisdiccionales- el problema que se va a generar como consecuencia de la paralización actual de la actividad judicial y de la economía, así como del previsible incremento del número de asuntos a ingresar cuando se reanude la actividad«, señala la Abogacía.

Sin embargo, muchas de las medidas propuestas responden a situaciones del ámbito de la justicia existentes con anterioridad a la declaración del estado de alarma, sin que sean consecuencia del mismo. Por ello, para proceder a efectuar cualquier modificación propuesta por el CGPJ, «resultaría imprescindible realizar una reflexión mucho más profunda y detallada« , con la participación de los actores jurídicos, y con los informes preceptivos y vinculantes de los órganos consultivos correspondientes.

Por ello, la Abogacía española rechaza todas aquellas medidas propuestas que son ajenas a evitar el previsible colapso de los juzgados e instancias judiciales, o ajenas a las consecuencias derivadas de la pandemia.

Respecto a la medida concreta de habilitar el mes de agosto, los letrados la rechazan de plano. No la ven razonable cuando «el derecho al descanso y a la conciliación alcanza a todos los intervinientes y especialmente a los abogados que, en ningún caso, han asimilado el confinamiento durante el estado de alarma a un periodo de descanso«.

Declarar hábil el mes de agosto, va a suponer, sin duda, una mayor distorsión en la medida en que difícilmente se va a desarrollar una actividad normal si coincide con un periodo vacacional de jueces y magistrados, letrados de la Administración de Justicia y funcionarios que se extendería antes y después del mes de agosto. Para ello, la Abogacía propone concentrar el periodo vacacional de todos en el mes de agosto, a salvo siempre de las actuaciones urgentes, de tal modo que pueda desarrollarse la actividad ordinaria a pleno rendimiento los meses de julio y septiembre.

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