CASO ABENGOA

La remontada legal (y con goleada) de Felipe Benjumea

El veredicto de la Audiencia Nacional concede la razón, sin fisuras, a todos los argumentos esgrimidos por el expresidente de la empresa sevillana

El expresidente de Abengoa Felipe Benjumea (d) llega, con su abogado, a la Audiencia Nacional EFE/BALLESTEROS

LUIS MONTOTO

La sentencia del caso Abengoa no significa únicamente la absolución para los cinco miembros de la antigua cúpula de la compañía, sino que ha supuesto toda una remontada legal que se salda con una goleada sin paliativos frente a los promotores de la causa. El proceso de instrucción fue demoledor en términos mediáticos para los acusados, ya que fue la Plataforma de Afectados de Abengoa la que transmitió a la opinión pública, en función de sus propios intereses, cómo transcurrieron las declaraciones de los imputados ante la juez Carmen Lamela para justificar el cobro de indemnizaciones de 11,4 y 4,4 millones por parte del expresidente y el exconsejero delegado (dijeron, por ejemplo, que los consejeros había admitido que ni siquiera leyeron los contratos de la alta dirección, afirmación que ha quedado desmentida).

Durante muchos meses han pesado como una losa las acusaciones de apropiación indebida y administración desleal formuladas por el fiscal José Peral. Pero el veredicto de la Audiencia Nacional concede la razón -sin fisuras- a todos los argumentos esgrimidos por el expresidente Felipe Benjumea (defendido por Ignacio Ayala), el exconsejero delegado Manuel Sánchez Ortega (cuyo abogado ha sido Javier Sánchez-Junco) y los exconsejeros Antonio Fornieles, Mercedes Gracia y Alicia Velarde.

Golpe a la acusación

Los tres magistrados que firman la sentencia —Ángela María Murillo, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel— dan un rapapolvo a la «totalidad de las acusaciones particulares personadas». Haciéndose eco de las peticiones de la defensa, la sentencia resalta que la acusación «ha querido convertir el presente enjuiciamiento en un juicio crítico con la totalidad de la actividad económica-financiera de Abengoa, desmarcándose del concreto entorno cognoscitivo a que se contraía el procedimiento». El dardo más agudo se lo lanza a los letrados de la Plataforma de Afectados por Abengoa, que «desde un primer momento han planteado el juicio como una causa general contra Abengoa, sin sujeción a la delimitación fáctica marcada por el procedimiento que abrió el juicio oral».

El objetivo de estos abogados era que, en caso de que los acusados hubieran tenido que pagar una indemnización , ésta fuera para resarcir directamente a los accionistas y bonistas (esta plataforma representa a un centenar de ellos), y no a las arcas de la empresa perjudicada, lo que a la postre es «del todo improcedente, por no atenerse al ordenamiento jurídico y por su deliberada laxitud», incide.

Relato veraz

Pero la remontada (con goleada) se debe, sobre todo, a que la sentencia apuntala a la perfección el relato de Felipe Benjumea. El expresidente estaba acusado de lograr un favorable contrato de alta dirección a inicios de 2015 y simular su cese para cobrar la indemnización, para lo cual esgrimió la falsedad de que Banco Santander había pedido su cabeza. Posteriormente siguió vinculado como asesor de Abengoa para continuar percibiendo su sueldo. Frente a ello, la sentencia considera como hecho probado que el vicepresidente de Santander, Rodrigo Echenique , transmitió al consejo de administración que para participar en la ampliación de capital que debía salvar a Abengoa «se imponía como condición indispensable e inexcusable para el buen término de la operación en ciernes que el presidente ejecutivo, Felipe Benjumea, abandonara su cargo».

La sección cuarta de la Audiencia Nacional subraya que «esta novedosa imposición impidió que la suscripción del acuerdo de aseguramiento de la ampliación se efectuara el previsto día 14 de septiembre de 2015», ya que otras entidades, como HSBC, tuvieron que reevaluar su postura. A partir de ahí, recoge de forma muy minuciosa la secuencia temporal del cese de Benjumea, materializado el 23 de septiembre, en el que los consejeros Antonio Fornieles, Mercedes Gracia y Alicia Velarde cumplen escrupulosamente el procedimiento estipulado por la comisión de nombramientos.

No queda acreditado que el contrato de Felipe Benjumea —actualizado en febrero de 2015— se elaborara para favorecerlo de manera improcedente ; ni que la marcha de Manuel Sánchez Ortega (unos meses antes) estuviera motivada por la mala situación económica de Abengoa; ni que el cese de Benjumea fuera fingido. Tampoco que los exconsejeros Fornieles, Gracia y Velarde actuaran de forma torticera.

Testimonios sin contradicciones

La valoración que hace la sentencia del testimonio de los acusados no puede ser más favorab le. «Han ofrecido coherentes explicaciones sobre su proceder en el marco de la ley», afirma el documento, y añade: «En el curso de sus largas y pormenorizadas declaraciones han puesto de relieve la adecuación de sus conductas a la normativa aplicable; de su resultado no se atisba ningún resquicio en el que pueda vislumbrarse que, en el caso de los consejeros ejecutivos, pretendiesen aprovecharse improcedentemente de sus cargos». Subraya que «cada uno de los cinco acusados expuso ampliamente su punto de vista sobre su grado de protagonismo en los hechos, sin que se observe fisuras en sus planteamientos ni contradicciones esenciales en sus declaraciones en relación a los otros acusados e incluso a los testigos comparecientes». Y con todo ello, «se dibuja un panorama de plena adecuación a la legalidad de sus actos».

Imagen económica fiel

Si hay un hecho que acentúa el carácter positivo de esta sentencia para Abengoa es, también, la valoración de los informes periciales. En el informe económico presentado por los abogados de la acusación particular es desechado porque «las conclusiones no se pueden tener en cuenta, al no centrarse en la materia objeto de este enjuiciamiento y abundar en cuestiones más propias de la valoración jurídica de este tribunal, con serios escarceos o intentos de expresar opiniones un tanto alejadas de la materia de la que alegó ser experto este perito». Es decir: otro palo de los jueces a las acusaciones . Y frente a ello, sí recoge las conclusiones de los peritos aportados por Manuel Sánchez Ortega y, especialmente, por Felipe Benjumea, al destacar que el panorama de endeudamiento en la fecha en la que se hacen los contratos de dirección era estable. «La crisis de Abengoa se aceleró por la reacción que tuvo el mercado ante la sucesiva salida de sus dos máximos ejecutivos, la repercusión que tuvo la decisión de ampliar el capital social, los retrasos de la negociación y las condiciones que ponían los bancos, quienes en cualquier caso firmaron los primeros acuerdos de liquidez y financiación, síntoma más que evidente que concedían fiabilidad a la presencia en el mercado y a la permanencia del negocio de Abengoa». La Audiencia Nacional no solo certifica la legalidad del cobro de indemnizaciones, también la explicación de la caída económica del gigante de las renovables.

Recado al Santander

Ante la contundencia de esta sentencia, comunicada a las 10.00 horas del viernes, en apenas cuatro horas un personaje de tan baja exposición mediática como Felipe Benjumea decidió emitir un comunicado con un conciso párrafo : «La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia muy importante que demuestra que el Consejo de Administración de Abengoa actuó correctamente y de acuerdo a derecho y confirma que el Banco Santander intervino en las decisiones de la compañía, forzando la salida del presidente, en pleno proceso de ampliación de capital, con las graves consecuencias que esto provocó». Era el último lance tras una sentencia que arroja una verdad judicial impecable para la denominada «antigua cúpula» de la ha sido la mayor compañía andaluza de la historia reciente.

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