Economía

Hacienda resuelve las dudas más comunes sobre la declaración de la Renta 2022

El plazo de la declaración comienza el 11 de abril de 2023 y se extenderá hasta el 30 de junio

El SEPE avisa a las personas en paro sobre el documento necesario para poder hacer la declaración de la Renta 2022

Declaración de la Renta 2022
Begoña Bernáldez

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El plazo de la declaración de la Renta del ejercicio de 2022 ya se ha habilitado en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, desde este martes 11 de abril hasta el día 30 de junio de 2023. Tanto personas físicas como empresas deberán hacer frente al pago de impuestos a través del trámite donde se presenta toda su actividad fiscal del año anterior en relación con las rentas y patrimonio.

Se podrá realizar tanto de manera telemática, como acudiendo presencialmente a las oficinas de la AEAT o por teléfono. Así mismo, son muchas las dudas que tienen los contribuyentes en cuanto a su declaración, por eso mismo, Hacienda explica algunas claves a tener en cuenta antes de presentarla.

El usufructuario

En la declaración hay una casilla dirigida a la vivienda, en caso de que la persona sea arrendataria, propietaria o usufructuaria. Esta última es la que más dudas genera, y corresponde a aquellos que disfrutan de un inmueble y tienen el pleno derecho de uso, incluso alquilarla y obtener beneficio de ella, pero no pueden venderla porque no es su propietaria.

La ayuda de 200 euros en la declaración y la casilla 0356

La ayuda de 200 euros se considera una ganancia patrimonial no exenta de tributar, pero sí habrá que declararla en el ejercicio en el que tenga lugar su cobro, es decir, en 2023.

La ganancia patrimonial originada por esta ayuda se reflejara en el apartado «Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales», casilla 0356: «Ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio».

Ocurre lo mismo con el Bono cultural joven o las Ayudas públicas en el alquiler, cada una con su correspondiente casilla.

La casilla 505

Antes de emitir la declaración, el contribuyente tiene acceso al borrador de la Renta, y puede hacerlo sin tener que usar el certificado digital, el DNI electrónico o el sistema Cl@ve.

Para ello hay que tener localizado el número de referencia del expediente de Renta con casilla 505 del ejercicio 2021 (año pasado), que corresponde con la base liquidable general sometida a gravamen. Este número te permitirá gestionar y agilizar todos los servicios de Renta, confeccionar la declaración mediante el servicio Renta WEB y presentarla través de internet, independientemente del resultado de la misma.

Este número es un código formado por seis letras y números y para conseguirlo puedes revisar tu copia de la declaración del pasado año, aunque también se puede encontrar el importe de la casilla 505 en el documento de ingreso o de devolución.

Referencia catastral

Los propietarios de una vivienda están obligados a declararla en la declaración de su Renta. La referencia es la cifra con la que se identifica al inmueble, tiene 20 dígitos asignados por el Catastro y sirve para saber el año de construcción, sus metros cuadrados y otros aspectos de vivienda.

Para conseguirla podrás acceder a través de la sede del Catastro, con un DNIe o certificado electrónico, revisar cualquier recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que los propietarios pagan anualmente a los ayuntamientos, o consultar en el programa 'Renta Web' y en su zona específica sobre los rendimientos de capital inmobiliario o en las escrituras públicas, donde tiene que constar esta referencia catastral. También se puede acudir al Registro de la Propiedad, donde se supone que debe estar inscrita la vivienda.

¿Hay presentar la declaración de Renta de un fallecido?

Si un familiar ha fallecido en un día distinto al 31 de diciembre, el período impositivo es inferior al año natural, dando por finalizado dicho período impositivo y devengándose en ese momento el impuesto.

Si el contribuyente fallecido ha obtenido rentas y supera los límites establecidos habrá que presentar en su nombre la declaración. La declaración de Renta de un fallecido la deben presentar sus herederos.

¿Estoy obligado a hacer la declaración de la Renta 2022?

Hacienda también explica que para determinar si está obligado a declarar hay que analizar las rentas de cada miembro de la unidad familiar de forma individual. El mínimo exento de tributación es de 15.000 euros con carácter general, como consecuencia de la rebaja fiscal aprobada por el Gobierno, por lo que no tendrás que hacer la declaración si has ganado menos de esta cantidad y has tenido dos pagadores.

Si solo tuviste un solo pagador en 2022, el importe mínimo en rendimientos de trabajo es de 22.000 euros.

Una vez se conoce la cuantía, el contribuyente puede optar por presentar declaración individual o conjunta. El importe de los rendimientos que se tendrá en cuenta para determinar si está obligado a declarar es el importe íntegro o bruto, es decir, antes de deducir gastos, reducciones, retenciones, etc.

Los sindicatos

A efectos de la obligación de declarar, Hacienda también recuerda que no podrá compensar las ganancias patrimoniales con las pérdidas patrimoniales, ni los rendimientos íntegros positivos con los negativos. Los contribuyentes que estén afiliados a algún sindicato pueden deducir sus cuotas del año anterior, que pueden llegar a suponer un ahorro de entre el 20 y 35% y un máximo de 600 euros anuales.

Los interesados en añadir estos gastos tienen que indicarlo en la casilla 14, que lleva por descripción, «cuotas satisfechas a sindicatos» del IRPF. Este detalle se encuentra dentro del apartado de «rendimientos del trabajo».

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