Ayudas del Gobierno

Así es el formulario que hay que rellenar para solicitar el cheque de 200 euros en Hacienda

La ayuda para alimentos se podrá pedir ante la Agencia Tributaria desde el próximo 15 de febrero

¿La ayuda de 200 euros es por persona o por familia? El Gobierno responde una de las dudas más comunes sobre el nuevo cheque para alimentos

El formulario para solicitar la ayuda de 200 euros del Gobierno

LA VOZ

España

Este miércoles 15 de febrero se ha abierto el plazo para solicitar la ayuda de 200 euros del Gobierno, para el que la Agencia Tributaria ya ha activado la web de solicitudes. Todavía son muchas las dudas acerca de este cheque para alimentos como si se trata de un pago mensual o anual, si hay que declararlo a Hacienda, si es por persona o por familia... O dónde se puede pedir la ayuda, una de las más comunes.

El plazo de solicitudes estará abierto hasta el 31 de marzo, momento en el cual, la Agencita Tributaria comenzará a revisar todas ellas para resolver lo antes posible el trámite. Ya puede acceder al nuevo formulario del cheque de 200 euros, aunque desde primera hora ha dado fallos, pero en este medio hemos conocido cómo es este trámite para solicitar la subvención.

Lo primero es acudir a la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para poder presentar la solicitud, utilizando como método de acceso el certificado electrónico o sistema Cl@ve.

Como indican en la web de la Agencia Tributaria, no hay que aportar ninguna documentación, tan solo el domicilio, el  NIF del solicitante y de las personas que convivan en la misma casa y una cuenta bancaria en la que se desea recibir el abono. La Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la AEAT el resto de información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para solicitar la ayuda de 200 euros.

Después, la Agencia Tributaria gestionará las solicitudes de ayuda y desarrollará todas las actuaciones de gestión, control y recaudación necesarias para su tramitación, con aplicación de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y sus reglamentos de desarrollo en lo no previsto expresamente en el artículo 31 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio.

Una vez se resuelva el trámite y se de por aprobado, se ingresará el importe en la cuenta solicitada. Si transcurren tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario y no se ha efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada, y la persona solicitante recibirá un comunicado donde se explicarán cuáles son los motivos de por qué ha sido rechazada.

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