Renta 17-18

¿Cuáles son las principales deducciones autonómicas?

Además de las deducciones estatales que establece la normativa, en la declaración de la renta se podrán incluir las deducciones autonómicas que resulten de aplicación en función del lugar de residencia del contribuyente.

Hay deducciones en terrenos tan diversos como el acogimiento de familiares o la rehabilitación ROBERTO VILLALÓN

IVÁN SÁEZ FUERTES/ NATALIA VERGARA

Las principales deducciones a aplicar en función de la Comunidad Autónoma son las siguientes:

Por circunstancias personales y familiares:

Se tendrán en cuanta las circunstancias personales así como las familiares de los contribuyentes, pudiéndose aplicar deducción por nacimiento o adopción, acogimiento de familiares, contribuyentes con discapacidad, familia numerosa, etc. Se tendrá que tener en cuenta la regulación de cada Comunidad Autónoma concreta para determinar la correcta deducción a aplicar.

Relacionadas a la vivienda habitual:

Las Comunidades Autónomas fijan determinadas deducciones relacionadas con la vivienda, ya sea vivienda de alquiler o vivienda en propiedad.

Entre las más importantes, se encuentran las ayudas a viviendas protegidas, las deducciones por adquisición de vivienda habitual y la rehabilitación de la misma. Además se producen deducciones si se realizan en la vivienda habitual inversiones que conllevan la instalación de energías renovables.

En relación con los alquileres, se plantean deducciones para el alquiler de vivienda habitual a determinados colectivos, entre los que destacan los jóvenes o personas con discapacidad.

Por donativos y donaciones:

A entidades contempladas en la normativa autonómica , fomentando en gran medida el patrimonio histórico y cultural de las Comunidades Autónomas.

Otros conceptos deducibles:

Es estos casos se produce una amalgama de posibilidades, las cuales habrá que analizar en función de la comunidad autónoma en la que se encuentre el contribuyente. A modo de ejemplo, pueden encontrarse: deducción por gastos educativos o la adquisición de acciones o participaciones en entidades de nueva creación.

Iván Sáez Fuertes y Natalia Vergara, Director y consultora del departamento People Advisory Services de EY, responden a las principales cuestiones a tener en cuenta en su declaración del IRPF 2017

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación