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¿Cuáles son los gastos deducibles del rendimiento del trabajo?

Aquí se incluyen las cuotas satisfechas a colegios profesionales, siempre que la colegiación sea obligatoria y con un máximo de 500 euros anuales

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Los gastos deducibles de los rendimientos del trabajo son los siguientes:

Cotizaciones a la Seguridad Social o a mutualidades generales obligatorias de funcionarios, detracciones por derechos pasivos y cotizaciones a los colegios de huérfanos o entidades similares: casilla 011 del modelo de declaración IRPF 2016.

Cuotas satisfechas a sindicatos: casilla 012.

Cuotas satisfechas a colegios profesionales, siempre que la colegiación sea obligatoria y con un máximo de 500 euros anuales: casilla 013.

Gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios con el empleador, y con un máximo de 300 euros anuales: casilla 014.

Otros gastos deducibles: 2.000 euros con carácter general (casilla 016), y un incremento de otros 2.000 euros para contribuyentes desempleados que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia a un nuevo municipio en la casilla 017.

También se incluye incremento de 3.500 euros a 7.750 euros para contribuyentes con discapacidad que obtengan rendimientos del trabajo como trabajadores activos en la casilla 018.

*Iván Sáez Fuertes es senior manager del departamento People Advisory Services de EY

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