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AGENCIAS

El abogado de la UE dice que Uber es un servicio de transporte al que se puede exigir licencia

La compañía sostiene que esta decisión no tiene por qué alterar su actividad, ya que el servicio al que se refiere el letrado ya no está operativo

Madrid Actualizado: Guardar
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Uno de los principales retos de las empresas digitales es su encaje en el marco normativo. Este desafío es especialmente relevante cuando con su actividad, en teoría dentro de las fronteras de la sociedad de información, estas nuevas plataformas trastocan un sector «tradicional». Como Airbnb con el turismo. O Uber con el transporte.

Este miércoles, el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE) ha intentado arrojar algo de luz sobre este debate. El polaco Maciej Szpunar ha dictaminado que Uber no puede beneficiarse del principio de libre prestación de servicios que se garantiza a las compañías de la sociedad de la información. ¿Por qué? Porque Uber es, según el letrado, una empresa de transporte.

Es decir, no puede ampararse únicamente en su naturaleza virtual para operar. Necesita las licencias y las autorizaciones de la Unión Europea. Al igual que el sector del taxi.

Szpunar examina de esta forma el conflicto que enfrenta a Uber con la Asociación Profesional Elite Taxi, que agrupa al gremio de taxistas en Barcelona y que acusó a la firma de competencia desleal por su servicio UberPop, que lleva suspendido en España desde hace tres años y que provocó la marcha temporal de la empresa de España. La compañía, de hecho, tuvo que modificar sus prestaciones –con UberX, que opera con conductores profesionales– para regresar al mercado español.

Uber no cumple ningún requisito para ser considerado un servicio digital, según el abogado de la UE

El abogado considera que la plataforma no es simplemente un intermediador. Uber ofrece «un 'servicio mixto', una parte del cual se presta por vía electrónica y, por definición, la otra no», según ha indicado la corte europea, con sede en Luxemburgo.

Es cierto que como «servicio mixto», la plataforma podría formar parte de «la sociedad de la información» pero para ello debería cumplir varios requisitos. En primer lugar, las prestaciones que no facilita por vía digital debería ser «independiente» de la que sí es virtual. Así ocurre en el caso de la venta de billetes de avión o reserva de hoteles.

«Los conductores que circulan en el marco de la plataforma Uber no ejercen una actividad propia que exista de manera independiente de dicha plataforma. Al contrario, esta actividad únicamente puede existir gracias a la plataforma», responde el abogado a esta cuestión.

El otro requisito para cumplir esta condición de servicio perteneciente a la sociedad de información establece que el servicio principal se debe «prestar por vía electrónica», según Szpunar. El abogado general tampoco cree que Uber satisfaga este condicionante, pues la firma estadounidense «controla los factores económicamente relevantes del servicio de transporte urbano ofrecido en el marco de esta plataforma».

Estas características, unidas al hecho de que Uber ejerce cierto control sobre los conductores con los que opera, impide, para el letrado, que la plataforma pueda disfrutar de las condiciones impuestas a los servicios digitales.

La defensa de Uber

Las opiniones del abogado del TJUE no son vinculantes. Por ejemplo, en el caso de las cláusulas suelo el tribunal aplicó la retroactividad total, contradiciendo las recomendaciones que realizó meses antes el letrado. Pese a ello, se calcula que ambas posiciones concuerdan en un 80% de los casos.

Uber sostiene que esta decisión no tiene por qué alterar su actividad, ya que el servicio UberPop ya no existe y en la actualidad la plataforma opera con conductores profesionales. Al menos en España. «Hoy hemos conocido la opinión del Abogado General y esperamos la decisión final del Tribunal a finales de año. Ser considerados una empresa de transporte no cambiaría la operativa que actualmente tenemos en la mayoría de países de la Unión Europea», asegura un portavoz de la compañía.

La empresa, que hace escasos días reclamó la liberalización del sector VTC (licencias con las que sí opera en España), asegura que estas recomendaciones confirman «la necesidad de un cambio normativo para que millones de personas puedan acceder a una movilidad más asequible y sostenible».

La «barra libre» de la empresa

El sector del taxi tampoco ha tardado en reaccionar. El portavoz de Elite Taxi, Alberto Álvarez, ha asegurado que están satisfechos del dictamen y confían en que el fallo final demuestre que tanto UberPop como UberX o incluso Cabify «están incumpliendo las normas de transporte».«Hay muchas plataformas en otros sectores que están expoliando el país. Vamos a ir a por ellos judicialmente, no tenemos ningún miedo», ha advertido Álvarez.

El gabinete que representa a Elite, SBC Abogados Asociados, ha sostenido por su parte que «la barra libre que pretendía Uber ha quedado automáticamente cerrada».

Para el presidente de Fedetaxi, Miguel Ángel Leal, las conclusiones son «una gran noticia que, aunque no son vinculantes, serán fundamentales en la decisión final. Y aleja las tentaciones del Ministro de Economía de utilizar de excusa cualquier informe en contra del taxi».

Sea como fuere, el futuro fallo del TJUE no solo afectará a la plataforma estadounidense. Supondrá un hito para la llamada economía colaborativa y los servicios entre particulares. Cientos de empresas se pueden ver afectadas por esta sentencia, que busca formalizar los servicios nacidos al amparo de las nuevas tecnologías.

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