El Supremo no ve abusivo que el cliente asuma el impuesto de constitución de una hipoteca

La Sala Primera estima parcialmente el recurso de dos consumidores: establece que los gastos de los documentos notariales sí deben afrontarlos cliente y banco a partes iguales

Nati Villanueva

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La banca no comete un abuso al cargar al cliente el impuesto de actos jurídicos documentados asociado a la constitución de una hipoteca. Así se ha pronunciado este miércoles la Sala Primera del Tribunal Supremo al resolver sendos recursos sobre el reparto de los gastos de constitución de la hipoteca.

Cuestión distinta son los gastos por el timbre de los documentos notariales. En este caso la Sala Civil dictamina qu e se abonarán «por partes iguales» entre el prestamista y prestatario , y las copias las pagará quien las solicite. El texto íntegro de las sentencias se dará a conocer en los próximos días.

Los gastos derivados de una hipoteca han generado una importante controversia en los últimos tiempos y, por tanto, inseguridad jurídica. Los pronunciamientos de los Juzgados de las distintas provincias han sido diferentes, y de las Audiencias Provinciales también, existiendo incluso confrontación entre las diversas secciones que componen una misma Audiencia Provincial o incluso en el seno del propio Tribunal Supremo.

Una veintena de audiencias provinciales habían publicado ya sentencias a favor de los consumidores tras reclamar el coste de la totalidad de los gastos de formalización de sus hipotecas. Y de ellas, la mitad había obligado a la banca a asumir todos los gastos, lo que incluye Registro de la Propiedad, la notaría y el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD). En cambio, las demás habían ordenado la devolución de una tercera parte (Registro y notaría).

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