El Supremo confirma la multa de 22,59 millones de euros a Repsol

La sala estima el recurso de la Abogacía del Estado contra una sentencia de la Audiencia Nacional que anuló la sanción impuesta por la CNMC hace tres años

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La sala tercera del Tribunal Supremo ha confirmado una sanción de 22,59 millones de euros impuesta el 2 de julio de 2016 por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a Repsol, S.A. por conductas colusorias consistentes en acuerdos de coordinación e intercambios de información estratégica en materia de precios en el sector de los combustibles en España.

La petrolera que preside Antonio Brufau presentará un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional porque entiende que la sentencia del Supremo vulnera derechos fundamentales recogidos en la propia Constitución.

El tribunal estima un recurso de la Abogacía del Estado y revoca la sentencia de la Audiencia Nacional que anuló la multa por considerar que no podía considerarse autora de la infracción a Repsol S.A. cuando los hechos sancionados fueron cometidos materialmente por Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, S.A., filial de Repsol S.A.

La Audiencia Nacional consideró vulnerado el principio de personalidad de la pena cuando la CNMC, en la resolución sancionadora, declaró a Repsol S.A., como sociedad matriz, autora y responsable de los acuerdos colusorios realizados materialmente por la filial, lo que supuso que la CNMC aplicara una responsabilidad objetiva.

Sin embargo, el Supremo establece que «es conforme con los principios de personalidad y culpabilidad, comprendidos en los artículos 24 y 25 de la Constitución, sancionar a una sociedad matriz en concepto de autora de comportamientos colusorios constitutivos de infracciones de competencia materializados por una sociedad filial respecto de la que tienen un control del 100% o próximo a ese porcentaje (99,78%) cuando aquella sociedad ha suplantado y sustituye la voluntad de ésta, desplegando dicha actuación como una unidad de negocio, ello al amparo del artículo 61.1 y 2 de la Ley de Defensa de la Competencia».

En aplicación de esa doctrina, la sala estima el recurso de la Abogacía del Estado y repone la multa a la sociedad matriz Repsol S.A.

Al margen de este tema, la Audiencia Nacional sigue estudiando el recurso interpuesto en su día por Repsol contra la mencionada sanción de la CNMC de 22,59 millones de euros.

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