El Supremo anula dos sentencias favorables a Uber tras concluir Europa que es una empresa de transportes

El Alto Tribunal ordena a dos juzgados catalanes que vuelvan a dictar setencia teniendo en cuenta que la actividad desarrollada por Uber está sujeta a la Ley de Transportes Terrestres, por lo que podrían tener que abonar dos multas de 4001 euros

La Sala Tercera del Supremo asume de esta forma el criterio adoptado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado 20 de diciembre EFE

EUROPA PRESS

El Tribunal Supremo ha anulado este viernes dos sentencias a favor de Uber en Barcelona en base al criterio de la Unión Europea (UE) y que anularon dos multas de 4.001 euros que le había impuesto la Generalitat por «infracción muy grave» de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre, según ha informado el alto tribunal en un comunicado.

La administración catalana había denunciado a la empresa por «la contratación como transportista o la facturación en nombre propio de servicios de tr ansporte público discrecional de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas sin ser previamente titular de autorización de transporte», y los juzgados anularon dichas multas.

La Sala Tercera del Supremo ha resuelto estos casos en consonancia con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) del pasado 20 de diciembre, que estableció que las actividades de Uber se tienen que calificar como un servicio en el ámbito de los transportes.

Es por ello que el alto tribunal ha pedido a los dos juzgados que dicten de nuevo sentencia , teniendo en cuenta que la actividad desarrollada por Uber está sujeta a la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y que les podrán aplicar el régimen sancionador previsto.

En referencia a la actividad de Uber, la sentencia del Supremo ha dictaminado a que «no es un mero servicio de intermediación sino que constituye una parte sustancial de la prestación de servicio de transporte de viajeros , estando por ello sujeta a la autorización exigida en el artículo 42.1 de la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres».

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