Hacienda obligará a las empresas españolas a pagar por el tipo mínimo nacional y por el europeo

Las empresas advierten de un embrollo administrativo si el Gobierno se mantiene en su idea de no adaptar el tipo mínimo aprobado en los Presupuestos de 2022 al marco aprobado por Bruselas.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero EP

Bruno Pérez

«Hemos utilizado la redacción más simplificada posible al objeto de que si en un futuro la directiva europea, otros acuerdos internacionales o las recomendaciones de los expertos plantean alguna cuestión añadida, la incorporemos a lo largo de la reforma fiscal que tenemos que hacer». Resulta que estas palabras con las que la ministra de Hacienda, María Jesús Montero , justificó en su día la cuestionada decisión del Gobierno de España de adelantarse a la OCDE y la Comisión Europea a la hora de regular un tipo mínimo del 15% al beneficio empresarial, no expresaban –como se pensó en su día– la intención del Gobierno de adaptar su impuesto mínimo a ese estándar internacional en cuanto éste fuera firme sino su disposición a hacer convivir ambas figuras tributarias.

En las últimas semanas altos cargos del Ministerio de Hacienda han empezado a dejar caer en diferentes foros su intención de continuar aplicando el tipo mínimo del 15% en el Impuesto sobre Sociedades aprobado en los Presupuestos de 2022 una vez que entre en vigor el proyecto de tributación mínima de la Comisión Europea, que también establece ese suelo del 15% pero para las grandes multinacionales que facturan más de 750 millones anuales y eventualmente para sus filiales en países de la Unión.

La hoja de ruta inicial preveía la aprobación de este nuevo instrumento fiscal a mediados de 2022 para su entrada en vigor en 2023, pero todo apunta a que ésta se retrasará al menos hasta el año 2024.

Sostiene ahora el Gobierno que se trata de figuras diferentes , que se dirigen a empresas con perfiles bien distintos -el tipo mínimo español se aplica a partir de una facturación de 20 millones– y cuya cuota se calcula sobre una base imponible distinta. «La tributación mínima de la UE no tiene nada que ver con los tipos mínimos nacionales, es un impuesto adicional sobre los beneficios de las multinacionales y entendemos que es irrelevante a efectos de la fiscalidad propia de cada país», señaló la subdirectora general de Impuestos sobre Personas Jurídicas del Ministerio de Hacienda, Silvia López Ribas , en una reciente jornada de Lefebvre.

Evolución recaudación

Impuesto sobre Sociedades

Millones de euros

50.000

44.823

40.000

30.000

27.301

26.628

24.838

23.733

23.143

21.678

21.435

20.649

19.945

20.188

20.000

18.713

16.611

16.198

15.858

10.000

2007

08

09

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

2021

Fuente: Ministerio de Hacienda / ABC

Evolución recaudación

Impuesto sobre Sociedades

Millones de euros

2007

08

09

10

11

12

13

14

15

16

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18

19

20

2021

Fuente: Ministerio de Hacienda / ABC

El argumento de Hacienda es que mientras el tipo mínimo español está orientado a impedir que el efecto de las desgravaciones fiscales del sistema tributario acaben hundiendo la tributación por debajo de ese mínimo del 15%, el de la propuesta de tributación mínima de la Unión Europea es gravar el rendimiento extra que algunas grandes multinacionales obtienen por su operativa en países con entornos de baja tributación. Son impuestos diferentes que tienen objetivos distintos y que, por tanto, pueden convivir sin problema, entienden en Hacienda.

Un tremendo enredo fiscal

«No nos preocupa la posible mayor carga fiscal que pueda suponer, que será baja o inexistente para la mayoría de empresas españolas, sino la complejidad que va a introducir tener que hacer cálculos diferentes para tributar por un mismo beneficio y las dificultades administrativas que va a acarrear», admitía el jefe fiscal de una empresa del Íbex, en ese mismo foro.

«A efectos prácticos, lo que va a suponer (el mantenimiento del tipo mínimo español cuando entre en vigor la tributación mínima europea) es que las empresas van a pasar de calcular los impuestos que tienen que pagar en función un método de cálculo a hacerlo en función de tres o incluso cuatro», explica Rubén Gimeno , director del Servicio de Estudios del Registro de Asesores Fiscales (Reaf).

La propuesta de la Comisión esquiva el arduo debate de la armonización de las bases imponibles de los 27 países de la Unión en el que Bruselas lleva enredado dos décadas y crea una nueva fórmula, que parte de los impuestos que las grandes multinacionales pagan en todos los países en que operan y trata de garantizar que la matriz pague en el país donde tiene su residencia fiscal la diferencia que pueda existir entre su tipo efectivo y ese suelo del 15%. «Está claro que es un impuesto diferente, pero la tributación mínima europea debería absorber los tipos mínimos nacionales para impedir que la complejidad aumente de forma excesiva», opina Begoña García Rozada , miembro del grupo de expertos del Impuesto sobre Sociedades de la asociación Aedaf. «El mantenimiento de tipos mínimos nacionales en un marco en el que hay una tributación mínima europea puede generar problemas de discriminación entre empresas ».

«Si el Gobierno quiere tener un impuesto mínimo propio debería aprovechar el margen que da la propuesta de directiva para hacerlo y ajustarlo a las reglas de tributación mínima que plantea la Comisión y la OCDE», coincide Roberta Poza , socia de Fiscalidad Internacional de PwC.

La propuesta de la Comisión no sólo fija esa imposición mínima a las matrices de las multinacionales que facturan más de 750 millones de euros sino que también abre la puerta a que los países miembro puedan establecer una tributación mínima del 15% a la filiales con establecimiento en el país de gigantes de otros países o incluso a empresas locales que facturen menos de 750 millones.

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