Esto es todo lo que debes saber sobre los contratos laborales del verano

La contratación laboral, previa a los meses de verano, está ya en plena ebullición, debido a la necesidad de mano de obra que se dispara en el sector servicios

La principal diferencia entre diferentes contratos temporales es la duración VALERIO MERINO

FINANZAS.COM

Con la llegada de los meses estivales son muchos los negocios, entre ellos hostelería y restauración, que tienen que aumentar sus plantillas de trabajadores habituales para dar un mejor servicio ante la avalancha de turistas que llegan a sus hoteles, chiringuitos, restaurantes, etcétera. La contratación laboral, previa a los meses de verano, está ya en plena ebullición, debido a la necesidad de mano de obra que se dispara en el sector servicios.

En este sentido, el Observatorio Jurídico de Legálitas nos muestra cómo los meses de mayo y junio, registran un mayor número de consultas en materia laboral con respecto a la media anual (8,51% más que el promedio mensual) motivadas lógicamente por las dudas que los clientes plantean a la hora de formalizar sus contratos, ya sean indefinidos o temporales, siendo concretamente el mes de mayo, superior en un 9,64% al promedio mensual , el mes previo al verano en el que la incertidumbre crece y se realizan más consultas laborales." Desde Legálitas queremos recordar una serie de aspectos a tener en cuenta en las contrataciones estivales.

¿Qué diferencia un contrato temporal de otro?

Lo primero que debes saber es que la diferencia frente a otros tipos de contrato es que los contratos temporales la relación laboral está fijada a una duración determinada con una fecha de finalización, y estos pueden ser tanto de jornada completa como de jornada parcial.

¿Cuáles son los tipos de contratos temporales?

Lo primero para tener en cuenta es que los contratos temporales o de duración determinada están permitidos por la ley , sin embargo, deben cumplir una serie de requisitos fundamentales. De no ser así, podrían presumirse por tiempo indefinido los contratos celebrados en fraude de ley, con todas las implicaciones que supone, tal y como recoge el art. 15.3 del Estatuto de los Trabajadores . Existen varios tipos de contratos de duración determinada, y los más habituales te los explicamos a continuación.

[Lea la noticia completa en Finanzas.com]

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación