Las empresas serán multadas si no devuelven el dinero cobrado por aplicar cláusulas abusivas

Con la modificación de la Ley de Consumidores, las compañías estarán obligadas tanto a dejar de incluir la cláusula en los próximos contratos como a reembolsar todo lo cargado de más

ABC
Teresa Sánchez Vicente

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El Gobierno ha modificado el régimen sancionador de la Ley de Consumidores para facilitar que los afectados por cláusulas abusivas recuperen su dinero, según publicó el pasado 23 de diciembre el Boletín Oficial del Estado (BOE). El fin es garantizar que los clientes afectados por cláusulas abusivas recuperen su dinero, según informó el Ministerio de Consumo . Antes de que se produjera esta modificación, la sola declaración de una cláusula como abusiva suponía la nulidad de la misma con efectos retroactivos. A partir de ahora, las compañías estarán obligadas tanto a dejar de incluir la cláusula en los próximos contratos como a reembolsar todo lo cobrado de más. Con la medida aprobada esta semana se facilita que los consumidores recuperen su dinero sin tener que acudir a los tribunales ya que se considerará una infracción que las empresas no eliminen los efectos provocados por esta inclusión. Ahora, aunque la inclusión de la cláusula haya prescrito, si sus efectos pasados no han sido compensados, seguirán pudiendo ser sancionados.

Además, como este tipo de infracciones de la normativa de consumo pueden ser sancionadas por las Comunidades Autónomas, los plazos de prescripción evitaban que pudieran ser perseguidas, algo que ahora se modifica para poder acometer la sanción aunque la cláusula haya prescrito , siempre y cuando sus efectos sigan sin compensarse. No obstante, serán ahora las comunidades autónomas las que deberán adaptar sus normativas específicas para incluir esta modificación.

En concreto, el cambio afecta al artículo 49 del texto refundido para la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios, que pasa de indicar en la letra i) que son infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios «la introducción de cláusulas abusivas en los contratos», a calificar como incumplimiento, además de la inclusión, «la no remoción de sus efectos una vez declarado judicialmente su carácter abusivo o sancionado tal hecho en vía administrativa». Asimismo, incorpora una letra p) que indica como objeto de infracción «el incumplimiento de las obligaciones en relación con los servicios de atención al cliente incluidas en esta norma».

«Instrumento disuasorio»

«Es una modificación de la Ley que refuerza la protección de los consumidores a través de la potestad y capacidad sancionadora de la administración», explica la presidenta de Facua, Olga Ruiz. «Abre la posibilidad a que los usuarios recuperen cantidades cobradas indebidamente por prácticas y cláusulas abusivas sin tener que acudir a los tribunales, utilizando el procedimiento sancionador como instrumento disuasorio frente a las empresas que utilicen esas cláusulas», añade.

Para evitar la impunidad de estos hechos, tras la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de julio de 2020 sobre estas cláusulas abusivas, el Ministerio de Consumo propuso a las comunidades autónomas diseñar un mecanismo de cooperación . El objetivo es que las distintas comunidades autónomas puedan iniciar procedimientos sancionadores paralelos sobre una misma entidad que hubiese establecido estas cláusulas en los contratos suscritos en distintos territorios. La mayoría de las comunidades se han mostrado favorables a esta cooperación, si bien el mecanismo está todavía pendiente de aprobación.

Desde Asufin instan al Gobierno a ir más allá de la recién aprobada modificación del régimen sancionador de la ley de consumidores y piden que incorpore la falta de transparencia como elemento susceptible de sanción . También aplaude las garantías incorporadas para que los clientes afectados recuperen su dinero sin tener que acudir a tribunales.

«Valoramos positivamente esta iniciativa que esperemos que acelere la recuperación del dinero para los consumidores además de desatascar los tribunales que, no lo olvidemos, los pagamos todos los contribuyentes. Sin embargo, vigilaremos el comportamiento de los bancos en su aplicación pues, desgraciadamente, su resistencia a reconocer la mala praxis y devolver el dinero sigue siendo muy elevada», indica la presidenta de Asufin, Patricia Suárez.

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