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Condenan a Barclays a devolver 130.000 euros a unos menores por colocar bonos «sin permiso de la madre»

Según ha indicado la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, se declara la nulidad del contrato de compraventa de bonos autoncancelables

Sevilla Actualizado: Guardar
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La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a Barclays Bank, actualmente propiedad de CaixaBank, a devolver 129.678,78 euros a unos menores de edad por la colocación de unos bonos estructurados «sin el consentimiento ni autorización de la madre de los mismos».

Según ha indicado la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, se declara la nulidad del contrato de compraventa de bonos autoncancelables y condena a la entidad a abonar esa cantidad más intereses, además de condenar a la entidad al pago de las cosas. Contra esta sentencia cabe recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal.

La parte actora, apelante ante la Audiencia Provincial contra la sentencia que inicialmente desestimó el juzgado de primera instancia número 22 de Sevilla, solicitó la declaración de nulidad del contrato de compraventa de Bonos Autocancelables Sector Financiero III, aduciendo la falta de consentimiento al no existir documento de orden de compra y, en segundo lugar, por vulneración de las normas imperativas establecidas en la Ley 24/1998, de 28 de julio, del Mercado de Valores, así como en la normativa reglamentaria que la desarrolla.

La Audiencia Provincial de Sevilla, en su sentencia estimatoria del recurso interpuesto por los demandantes, considera que "inferir, como hace la sentencia apelada, la existencia del consentimiento del hecho de que aparecieran anotaciones contables en las cuentas de los hijos menores de edad y ante la ausencia de prueba directa, excede las posibilidades de acreditación de hechos controvertidos a través del mecanismo de la prueba de presunciones".

Por ello, concluye que «no existe ni consentimiento otorgado por la actora, ni poder, ni mandato expreso y de ahí que no pueda hablarse de la existencia de un consentimiento vinculante en relación con el contrato de adquisición del bono estructurado», por lo que habrá de declararse la nulidad del contrato, condenando a la demandada Barclays Bank SA a que abone a la actora la suma de 129.678,78 euros, más los intereses devengados por dicha cantidad calculados al tipo del interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda así como al abono de las costas de la primera instancia.

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